PADILLA, ANTONIO EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes varios de su jubilación y cuestionamiento de retenciones por impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Salta rechazó los agravios de ANSeS, confirmó lo resuelto en grado respecto de la retención por impuesto a las ganancias y remitió la cuestión de la fórmula de movilidad a su precedente Colina, Adolfo Humberto.
¿Quién es el actor?
Antonio Eduardo Padilla (jubilado, actor del expediente FSA 10828/2023/CA1).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de la jubilación (recalculado por aplicación de movilidad, conforme a cuestionamientos sobre la fórmula de la ley 27.609), y discusión sobre la retención en concepto de impuesto a las ganancias; además apelación por costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Salta, Sala I, resolvió establecer que el agravio referido a la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609 remite a lo resuelto en el precedente "Colina, Adolfo Humberto c/ ANSeS s/ reajustes varios" (expte. N° 34761/18, sent. del 8/5/25); rechazó los agravios de ANSeS que cuestionaban lo dispuesto en grado sobre la retención en concepto de impuesto a las ganancias y confirmó lo resuelto sobre dicho aspecto; y dispuso sin costas en esta instancia por no mediar actividad procesal de la parte actora. Se ordenó registrar, notificar, publicar y devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que, por otra parte, la cuestión atinente a la ley 27.609 fue tratada por esta Sala I en el antecedente “Colina, Adolfo Humberto c/ ANSeS s/ reajustes varios”, expte. N° 34761/18, sent. del 8/5/25, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos."
"Que sin perjuicio de que no se encuentra acreditado si los retroactivos adeudados al accionante están alcanzados por la retención en concepto de impuesto a las ganancias, cabe dejar sentado que la cuestión encuentra adecuada respuesta en el plenario emitido por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en “Percivaldi, Roberto René c/ ANSes s/ expedientes civiles”, expte. Nº 31000160/09, sent. del 29/12/20, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos."
"Que toda vez que las objeciones de la demandada sobre la imposición de costas no guardan relación con lo resuelto en autos en tanto fueron distribuidas por el orden causado, corresponde su rechazo."
- Votos en disidencia: No se registra voto en disidencia en la parte resolutiva final.
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