Logo

BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ TAPIA, LUIS FEDERICO s/PREPARA VIA EJECUTIVA

Banco Nación promovió ejecución por $746.671,88 contra Luis Federico Tapia. El Juzgado Federal mandó llevar adelante la ejecución hasta lograr el pago íntegro del capital reclamado e intereses, con costas a cargo de la ejecutada y difirió la regulación de honorarios.

Ejecucion Acordadas csjn Defensor publico Via ejecutiva Juzgado federal de salta Banco de la nacion 88 Costas a cargo de la ejecutada Difiere honorarios Monto $746.671 Luis federico tapia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Banco de la Nación Argentina. Demandado: Luis Federico Tapia. Objeto: ejecución mediante "PREPARA VIA EJECUTIVA" por la suma de pesos setecientos cuarenta y seis mil seiscientos setenta y uno con 88/100 ($746.671,88) más intereses; ejecución fiscal señalada en el expediente. Decisión: Se ordenó que se lleve adelante la ejecución contra Luis Federico Tapia hasta hacerse la acreedora del pago íntegro del capital reclamado de $746.671,88 y sus intereses; costas a cargo de la ejecutada; se difiere la regulación de honorarios hasta el cumplimiento y aprobación de la planilla de liquidación. Regístrese, notifíquese y publíquese conforme a las Acordadas 24/12 y 10/25 de la Corte Suprema de la Nación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que en fecha 05/11/2025 se presentó en autos el Defensor Publico Oficial por el demandado ausente. Que intimado de pago, el demandado dejó vencer el plazo legal sin oponer defensa alguna. Por ello, y de acuerdo con los arts. 41, 542 y cc del C.Pr.." "RESUELVO: MANDAR que se lleve adelante la ejecución contra LUIS FEDERICO TAPIA, hasta hacerse la acreedora íntegro pago del capital reclamado de pesos setecientos cuarenta y seis mil seiscientos setenta y uno con 88/100 ($ 746.671,88) y sus intereses, con costas a cargo de la ejecutada, difiriendo la regulación de los honorarios correspondientes hasta el cumplimiento de la presente y aprobación de la respectiva planilla de liquidación. REGÍSTRESE, notifíquese y publíquese, de conformidad a lo establecido en la Acordadas 24/12 y 10/25 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.-" (No existen votos en disidencia en el texto aportado.)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar