GUIRAO CANOVAS, ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando reajustes varios y la exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia apelada, rechazó el recurso de ANSES, impuso las costas a la vencida y reguló honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
GUIRAO CANOVAS, ANTONIO.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes varios de haberes previsionales y, entre otros puntos, la exención del descuento por impuesto a las ganancias sobre retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia en cuanto fue motivo de apelación y agravios; se impusieron las costas a la vencida (ANSES) y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes en un 30% de lo regulado en primera instancia, actualizables al UMA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes):
"La Corte ha dicho en el precedente 'Garay, Corina': 'Que para evaluar si se ha configurado una exigencia procesal ritualista e irrazonable, no puede perderse de vista que la actora, en este caso, cuenta con la protección consagrada en el art. 75, inc. 23 de la Constitución ...' ... 'a fin de garantizar a la persona mayor un trato diferenciado y preferencial en todos los ámbitos', como así también 'a garantizar la debida diligencia y el tratamiento preferencial a la persona mayor para la tramitación, resolución y ejecución de las decisiones en procesos administrativos y judiciales' ('Garay, Corina Elena c/ ANSES s/ Reajustes Varios', Fallos: 344:3567)."
"Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
"El fallo de la CSJN, FCR 21049166/2011/CS1 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634) ... reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley 27.423, que establece: '... con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado'."
"Por lo dicho, y de acuerdo al resultado del proceso, en el que en definitiva se hace lugar a la pretensión principal del reajuste del haber, corresponde confirmar la imposición de costas de primera instancia a ANSES (arts. 68 y 71 del CPCCN y 36 de la ley 27.423). De igual manera... se impondrán las costas del presente recurso a la vencida ANSES."
- Votos y unanimidad: El voto que actúa como fundamento fue el del Dr. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios; los Dres. Juan Ignacio Pérez Curci y Manuel Alberto Pizarro adhieren al voto que antecede. La decisión fue por unanimidad.
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