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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FUENTES, ESTEBAN FABIO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

Causa por comercialización y tenencia con fines de comercialización de estupefacientes contra Esteban F. Fuentes. El Tribunal declaró admisible el juicio abreviado y condenó a Fuentes como partícipe secundario a 3 años de prisión en ejecución condicional, multa de $10.000, costas y reglas de conducta, por entender acreditada su participación y la materialidad del hecho.

Multa Decomiso Pena condicional Comercializacion de estupefacientes Tenencia con fines de comercializacion Reglas de conducta Participe secundario Juicio abreviado (art. 431 bis cppn) Tribunal federal de juicio bahia blanca Drogas (cocaina 222 7 g)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Sr. Fiscal General Dr. Gabriel González Da Silva y la Sra. Auxiliar Fiscal Dra. María Kairuz. Demandado: Esteban Fabio Fuentes. Objeto: comisión de los delitos de comercialización de estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c) ley 23.737), en concurso ideal, en calidad de partícipe secundario. Decisión: Se declaró admisible la solicitud de juicio abreviado; se condenó a Esteban Fabio Fuentes como partícipe secundario de los delitos indicados a TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, MULTA DE $10.000 y costas; se impusieron reglas de conducta (fijar residencia y control de patronato, abstenerse de estupefacientes/abuso de alcohol y la obligación de donar $400.000 a la Asociación Civil CREER SÍ como sustituto de tareas comunitarias); se decomisaron los efectos secuestrados y se ordenaron las medidas de disposición correspondientes.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes): "DECLARAR ADMISIBLE la solicitud de juicio abreviado formulada mediante el acta acuerdo agregada a fojas 2574/2589 (art. 431 bis, inciso 3º del CPPN)." "CONSIDERAR a ESTEBAN FABIO FUENTES ... partícipe secundario de los delitos de comercialización de estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso ideal ... a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, MULTA DE DIEZ MIL ($10.000) PESOS ... y LAS COSTAS DEL JUICIO..." "A partir de los elementos de prueba obrantes en la causa tengo por acreditado y es mi más sincera convicción que Esteban Fabio Fuentes, durante un periodo comprendido al menos entre el 11 de mayo de 2016 y el 8 de junio de 2017, colaboró con el comercio de estupefacientes, bajo expresas y concretas instrucciones de Vianka Yleana Lapaix ... Asimismo, tuvo en el último domicilio mencionado el día 9 de agosto de 2017, 222,7 gramos de cocaína, la que se halló distribuida en distintas habitaciones para su posterior comercialización." "En suma, las pruebas presentadas por las partes y la conformidad prestada por Fuentes al suscribir el acuerdo, resultan concordantes a la hora de acreditar los hechos y el grado de participación achacado, conformando un cuadro probatorio que, valorado con observancia de las reglas del razonamiento lógico y la sana crítica, me lleva a tener por acreditada tanto la materialidad ilícita de los hechos investigados en la causa como su participación en ellos y esa es mi sincera convicción."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el texto.

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