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RODRIGUEZ, SEBASTIAN HECTOR c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Demandante reclamó reparación por accidente de trabajo y reconocimiento de incapacidad. La Cámara confirmó la sentencia que reconoció incapacidad y condena, pero modificó los accesorios: aplicó intereses conforme la ley 27.348 con capitalización y ordenó que las costas y gastos causídicos se verifiquen ante el juzgado comercial que tramita la liquidación de Galeno ART S.A.; además reguló costas y honorarios.

Incapacidad Accidente de trabajo Capitalizacion Verificacion de creditos Costas y honorarios Fondo de reserva Ley 24.557 Decreto 1022/2017 Galeno art s.a. Intereses ley 27.348


¿Quién es el actor?

Rodriguez, Sebastian Hector.

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A. (en liquidación; intervención operativa por Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. conforme relato).
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente en ocasión del trabajo ocurrido el 01/11/2022 (causó traumatismo de columna lumbar) y reparación conforme Ley 24.557; impugnación de aspectos atinentes a intereses, nexo causal, aplicación del Decreto 1022/2017 y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala V, confirmó en lo principal la sentencia de grado que reconoció la incapacidad y la condena, pero modificó la decisión en cuanto a los accesorios: 1) ordenó que el capital de condena devengue los intereses conforme la ley 27.348 (interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA) con capitalización a la fecha de notificación del recurso (con arreglo al considerando 5 del voto preopinante); 2) en lo relativo a costas y gastos causídicos dispuso que su pago deberá seguir el trámite de verificación ante el juzgado comercial donde tramita la liquidación de Galeno ART S.A.; y 3) confirmó imponer costas y regular honorarios de ambas instancias conforme lo propuesto en el considerando 6 del primer voto.
- Fundamentos principales (textos extraídos del fallo): 1) "En consecuencia, con relación a las costas y gastos causídicos, para su ejecución deberá seguirse el trámite de verificación ante el juzgado comercial en el que tramita la liquidación de la aseguradora. Ello es así porque la doctrina plenaria citada ha quedado modificada con una norma posterior, esto es, el art. 22 del decreto 334/96 reglamentario del art. 34 de la ley 24.557 (t.o. decreto 1022/2017), por lo que no corresponde proyectar el Fallo Plenario N° 328 a las costas y gastos causídicos, ya que la situación se encuentra ahora regulada por el decreto 1022/17." 2) "Por tal circunstancia la norma aludida permite desplazar la aplicación de la doctrina del mencionado Plenario, en lo que hace a las costas y gastos del proceso" (cita de sentencias de la Sala y doctrina). 3) "La solución propuesta deja sin materia de tratamiento a los restantes supuestos peticionados por la recurrente en tanto se encuentran alcanzados por los fundamentos previos." 4) Sobre intereses: "En consecuencia, cabe modificar la tasa de interés dispuesta en grado y aplicar los parámetros del art. 11 de la ley 27.348 desde la exigibilidad del crédito y hasta su efectivo pago con más una capitalización conforme al art. 770 inc. b CCyCN, norma recogida expresamente por el referido art. 11..."
- Votos: El Dr. Gabriel de Vedia firmó el voto preopinante que contiene los fundamentos transcritos; el Dr. Diego Fernando Manauta adhirió. No consta disidencia.

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