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FACTOROVICH JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes varios y revisión de la Prestación Básica Universal contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó lo decidido respecto de la Resolución SSS 6/2009, diferió para la ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes y confirmó la sentencia en lo demás, imponiendo costas por su orden y fijando honorarios al 30% de lo regulado en la instancia anterior.

Costas Honorarios Ejecucion Anses Confiscatoriedad Prestacion basica universal Actualizacion de remuneraciones Topes de haberes Ley 27.609 Resolucion sss 6/2009


¿Quién es el actor?

Factorovich Juan Carlos.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (revisión del haber inicial, actualización de remuneraciones para cálculo de PC/PAP/IB, reajuste de la Prestación Básica Universal, impugnación de aplicación de topes de haberes y cuestionamientos de inconstitucionalidad de normas y resoluciones, entre otros).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, revocó lo decidido respecto de la Resolución SSS 6/2009; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; confirmó la imposición de costas en la instancia de grado y ordenó costas por su orden en la Alzada; y fijó los honorarios de la profesional de la actora en el 30% de lo que se establezca para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Por lo expuesto, teniendo en cuenta la finalidad descripta, condicionar su ajuste a la modificación de las otras variables que integran el haber previsional, sin tener presente lo referente a los suplementos, generaría una distorsión y colisión con el principio de igualdad consagrado en el art. 16 de la C.N., por cuanto por ello, independientemente del monto que resulte de la modificación de la PC y/o PAP, aún cuando su resultado fuera insignificante, de acuerdo a todo lo señalado, habilitaría a revisar el valor de la PBU, por el perjuicio del colectivo de beneficiarios." 2) "En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida." 3) "Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—), padezcan de ajuste o no las restantes prestaciones. Ello se multiplicará por cien y, determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis." 4) "Por ello el Tribunal, por mayoría RESUELVE: 1.
- Diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes... 2.
- Revocar lo decidido respecto a la Resolución SSS 6/2009... 3.
- Confirmar la sentencia recurrida en lo demás..."
- Votos en disidencia o salvados: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en distintas cuestiones y expone fundamentos propios (se advierte su voto particular que confirma en lo esencial la actualización por art. 4 de la ley 27.609 y desarrolla criterios sobre la actualización de aportes autónomos), pero la decisión mayoritaria recaída es la consignada en la parte resolutiva.

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