C., M. V. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
Acción de amparo por cobertura de cuidador domiciliario y transporte para persona con Parkinson; la jueza concedió la medida. El Juzgado Federal hizo lugar al amparo y condenó a OSDE a cubrir integralmente un cuidador domiciliario 6 horas diarias y el transporte solicitado, imponiendo además las costas a la demandada y regulando honorarios del letrado patrocinante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sra. M.V.C., afiliada a OSDE.
Demandado: OSDE (obra social).
Objeto: Cobertura de cuidador/asistencia domiciliaria 6 horas diarias de lunes a lunes y la cobertura de traslados/ transporte por contraindicación de uso de transporte público.
Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo. Se condenó a OSDE a otorgar la cobertura integral de la prestación de cuidador domiciliario 6 horas diarias conforme los alcances previstos en el considerando 4° y a cubrir el transporte peticionado con los alcances previstos en el considerando 5°, conforme a lo prescripto por el médico tratante. Se impusieron las costas a la accionada y se regularon honorarios al letrado de la actora en $1.459.080 (14 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"1°) Que, en primer lugar, cabe señalar que la acción de amparo contemplada en el art. 43 de la Constitución Nacional es el procedimiento judicial más simple y breve para tutelar real y verdaderamente los derechos en ella consagrados... En el caso que nos ocupa, el derecho que se considera vulnerado es el derecho a la salud, cuya protección se encuentra garantizada no solo a nivel nacional, sino también en tratados internacionales con jerarquía constitucional a la luz de lo dispuesto por el art. 75 inc. 22 de nuestra Carta Magna."
"3°) Que así, entrando al análisis del planteo de la cuestión que nos ocupa, cabe remarcar que en autos ha quedado suficientemente probada la relación de afiliación de la Sra. M.V.C. con la demandada la OSDE, conforme surge de la credencial en copia acompañada junto con el escrito de demanda, así como también su patología y discapacidad (cfr. documental aportada con el inicio)... la necesidad de cobertura de la asistencia domiciliaria 6 hs diarias se encuentra debidamente acreditada."
"4°) ...corresponderá establecer que, en caso de realizarse los tratamientos con profesionales propios o contratados por la demandada, la cobertura deberá ser del 100% sin limitación alguna y observando estrictamente lo prescripto por el médico tratante, mientras que en la hipótesis de que sea llevado a cabo por profesionales ajenos a la obra social, es menester adoptar como parámetro a considerar, el límite establecido para el módulo de Hogar Permanente con Centro de Día Categoría 'A' en el Nomenclador Nacional de Discapacidad ... con más el 35% en concepto de dependencia."
Disidencia: No hubo voto en disidencia relevante consignado; la resolución es dictada por el Juzgado Federal 7 (voto único).
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