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BWT CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS S.A c/ EN-DNV s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Solicitud de regulación de honorarios periciales en proceso contencioso administrativo federal. La Cámara hizo lugar y modificó la regulación elevando los emolumentos del perito contador Eduardo Walter Camera a 4 UMAs (equivalentes a $416.880), con expresa aclaración sobre la exclusión del IVA en dicho importe.

Regulacion de honorarios Honorarios periciales Perito contador Uma Iva Camara contencioso administrativo federal Procedimiento incidental Arts. ley 27.423 Dto. ley 16.638/57 Resolucion de sala v.

Actor: BWT Construcción y Servicios S.A. Demandado: EN
- DNV (órgano demandado en el proceso de conocimiento administrativo). Objeto de la resolución: Regulación y elevación de honorarios del perito contador Eduardo Walter CAMERA.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido de modificación de la regulación de honorarios y se elevaron los emolumentos regulados a la suma de 4 UMAs (equivalentes a $416.880). Se dejó aclarado que en dicho importe no se encuentra incluida suma alguna en concepto de IVA y que, de acreditarse la condición de responsable inscripto, la obligada deberá depositar el importe correspondiente al tributo juntamente con el pago. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "I.
- Que en función de la naturaleza, de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido, corresponde modificar la regulación de honorarios de fojas 714 y elevar los emolumentos regulados en favor del perito contador Eduardo Walter CAMERA a la suma de 4 UMAs -equivalentes a $416.880
- (conf. arts. 10, 21, 48, 59, 61 y ccds. de la Ley N° 27.423, Resolución SGA 1930/2026 y Dto. Ley Nº 16.638/57 y sus modificatorios)." "II.
- Que cabe dejar aclarado, que en el importe establecido precedentemente, no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que – frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realiza el beneficiario
- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo, juntamente con el monto de pago." Disidencias relevantes: No constan disidencias en el bloque resolutivo final.

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