OSUNA, JULIO CESAR c/ OBRA SOCIAL DE LA ACTIVIDAD DE SEGUROS, REASEGUROS, CAPITALIZACION Y AHORRO Y PRESTAMO PARA LA VIVIENDA (OSSEG) s/AMPARO LEY 16.986
Amparo contra OSSEG por cobertura de medicamento (Mounjaro - Tirzepatida). El Juzgado Federal hizo lugar al amparo y ordenó a OSSEG brindar cobertura al 100% del medicamento prescripto, por considerarse la negativa de la obra social arbitraria y lesiva del derecho a la salud.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: O, J C (amparista), afiliado de OSSEG N° 27607351/00-43, representado por el Dr. Juan Pablo Cubasso.
Demandado: OBRA SOCIAL DE LA ACTIVIDAD DE SEGUROS, REASEGUROS, CAPITALIZACION Y AHORRO Y PRESTAMO PARA LA VIVIENDA (OSSEG), representada por el Dr. Pablo Matías Sánchez.
Objeto: Se solicita cobertura integral (100%) del medicamento “MOUNJARO, Adium Tirzepatida 5 mg/0.6 mL x1 KwikPen
- (5 mg/dosis)” conforme prescripción de la Dra. María Laura Rodríguez Rostan, por padecer obesidad mórbida, Diabetes Mellitus tipo 2 e hipertensión arterial.
Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó a OSSEG brindar al amparista la cobertura al 100% de la medicación “MOUNJARO, Adium Tirzepatida 5 mg/0.6 mLx1 KwikPen
- (5 mg/dosis)” conforme prescripción médica; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios (actor $2.188.620 = 21 UMA; apoderado demandada $2.084.400 = 20 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha expresado reiteradamente que el amparo es un proceso excepcional... exige circunstancias muy particulares, caracterizadas por la presencia de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas..." (Fundamentos I).
"Los argumentos vertidos por la obra social no alcanzan para negar la cobertura de la medicación prescripta -Mounjaro (Tirzepatida)-." (Fundamentos II).
"El PMO constituye sólo una parte del complejo de normas que se refieren al derecho a la salud, no acabándose en él las obligaciones de los operadores sanitarios... dicha circunstancia no puede, de ninguna manera, constituir una barrera para la efectiva tutela de los derechos conculcados." (Fundamentos II).
"La postura restrictiva asumida por la Obra Social demandada deviene arbitraria e ilegítima... el art. 5° de la Ley 23.753... dispone la cobertura de los medicamentos y reactivos de diagnóstico para la atención de pacientes con diabetes, la cual debe ser del 100%." (Fundamentos II).
"Resulta atinado concluir, se encuentra acreditado conforme las constancias médicas adjuntas, que dicha medicación podría constituir el adecuado tratamiento que requiere el paciente, extremo que... no ha sido desvirtuado por la demandada, la cual no ha aportado fundamento médico alguno..." (Fundamentos II).
- Disidencia: No se registra voto en disidencia; la parte resolutiva final refleja la decisión del Tribunal.
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