CARRIZO, NILDA GLADYS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajustes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de la Ley 27.609. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente a la apelación de la actora, declaró inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.609 y confirmó la sentencia en los demás puntos, ordenando el recálculo conforme a criterios fijados y con costas a cargo de ANSES.
¿Quién es el actor?
CARRIZO, Nilda Gladys.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales y planteo de inconstitucionalidad/inaplicabilidad de la Ley Nº 27.609 y decretos conexos; pedido de recálculo y exención del retroactivo del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la actora declarando la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley Nº 27.609 y se confirmaron la sentencia y sus demás pronunciamientos; no se hizo lugar al recurso de apelación de ANSES; costas a cargo de ANSES; honorarios fijados en 30% de lo regulado en primera instancia, actualizables al UMA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
- "Esta Alzada considera que el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley n° 27.609 no solo resulta central para resolver la cuestión de fondo planteada por el actor, sino que, además, engloba y absorbe la pretensión principal relativa a los decretos mencionados."
- "En tal precedente se declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley N°27.609, a cuyos fundamentos me remito y que deben ser aplicados al presente caso."
- "Como consecuencia de todo lo anterior y en el caso particular que estamos analizando, corresponde ordenar la aplicación de la fórmula de movilidad antes mencionada, hasta la entrada en vigencia del Decreto 274/2024."
- Sobre la forma de cálculo: "Desde allí trimestralmente deberá realizarse el cálculo comparativo entre lo efectivamente percibido por el actor durante la vigencia de la Ley N°27.609 y lo que le hubiese correspondido de aplicar IPC para el mismo periodo, debiendo integrarse con la diferencia que surgieren a favor del actor por aplicación de este último si fuere mayor, hasta la entrada en vigencia del decreto 274/2024."
- Sobre el impuesto a las ganancias: "Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
- Votos adicionales/disidencia: Los Dres. Juan Ignacio Pérez Curci y Sebastián Guillermo Soneira adhirieron al voto que antecede; no surge disidencia.
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