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ARCA c/ KLUG CLAUDIA ROSANA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

ARCA (ex AFIP) promovió ejecución fiscal para cobrar $23.317.165,38 más intereses, gastos y costas contra Klug Claudia Rosana. El Juzgado Federal de Bahía Blanca declaró la causa de remate y ordenó llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital reclamado, sus intereses, gastos y costas, con regulación de honorarios conforme Ley 11.683 y normativa de la AFIP.

Intereses Honorarios Ejecucion Ejecucion fiscal Afip Remate Arca Ley 11.683 Apercibimiento art. 41 cpccn Klug claudia rosana.


¿Quién es el actor?

Fisco Nacional
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA).

¿A quién se demanda?

KLUG CLAUDIA ROSANA.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para cobro del capital reclamado por $23.317.165,38, más intereses, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la causa de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora se haga del íntegro pago del capital reclamado de $23.317.165,38, sus intereses, gastos y costas. Se ordenó la regulación de honorarios según el procedimiento dispuesto en la ley 11.683, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP. Se hizo efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN. Se disponen las notificaciones y la publicación conforme a la Acordada CSJN N° 10/2025.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes del fallo): "Agréguese y téngase presente lo expuesto por la actora en los términos de la ley 11.683: 92." "No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar." "En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA) se haga del demandado -KLUG CLAUDIA ROSANA-, íntegro pago del capital reclamado de $ 23317165.38, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)." "En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP." "Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el expediente.

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