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PAREDES, ELENA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora demandó a ANSES solicitando reajustes de haberes y redeterminación de la PBU. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en la mayoría de sus puntos, con la salvedad de que acogió la posición del señor Juez Picado sobre la constitucionalidad de la ley 27.609; además declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada.

Costas Inconstitucionalidad Ipc Reajuste Anses Prestacion basica universal Pbu Movilidad previsional Ley 27.609 Dnu 157/2018


¿Quién es el actor?

PAREDES, Elena del Carmen.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes por movilidad y redeterminación del haber (Prestación Básica Universal
- PBU), impugnación de topes y otras cuestiones de mérito previsional.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada con los alcances expuestos en el voto del señor Juez de Cámara Pablo A. Candisano Mera, con excepción de lo resuelto respecto de la constitucionalidad de la ley 27.609, debiendo estar a este respecto a lo dispuesto en el voto del señor Juez de Cámara Leandro Sergio Picado. Asimismo, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida (art. 36, ley 27.423 y art. 68, CPCCN).
- Fundamentos principales (textos transcritos): 1) "El juez de grado hizo lugar a la demanda, difirió el tratamiento del pedido de reajuste de la PBU a la etapa de liquidación, rechazó el pedido de redeterminación del haber inicial por los aportes ingresados por servicios prestados en relación de dependencia, ordenó el reajuste por movilidad del haber según las pautas establecidas en el fallo 'Marsili', hizo lugar a la excepción de prescripción interpuesta por la demandada, declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463, aplicó el precedente 'Spitale', impuso las costas a la vencida y difirió la regulación de honorarios." 2) "Por ello, propicio y voto: 1ro.) Se modifique la sentencia apelada con los alcances expuestos precedentemente. 2do.) Se declare la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, en consecuencia, se impongan las costas de ambas instancias a la demandada vencida (art. 36, ley 27.423 y art. 68, CPCCN)." (voto del Dr. Candisano, acuerdo mayoritario en cuanto a costas y DNU) 3) Voto concurrente mayoritario sobre la cuestión de la ley 27.609: "En consecuencia, corresponde confirmar en este punto la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para los años 2022 y 2023, con los alcances establecidos en el citado precedente, y disponer la actualización de los haberes mediante incrementos trimestrales calculados conforme a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, a aplicarse en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año." (voto del Dr. Leandro S. Picado, al que adhiere la Dra. Silvia M. Fariña)
- Votos en disidencia relevantes: El señor Juez de Cámara Pablo A. Candisano Mera manifestó parcialmente distinta posición respecto de la constitucionalidad de la ley 27.609, proponiendo "dejar sin efecto la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609" y modificar la resolución recurrida en ese punto. Esa propuesta quedó en minoría; la Cámara adoptó la posición del Dr. Picado en la materia. (Se aclara que lo resuelto por mayoría es lo consignado en la Parte Resolutiva final).

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