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Recurso Queja Nº 6 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: STECCO , GASTON DARIO Y OTRO s/INFRACCION LEY 24.769

Recurso de revisión por aplicación retroactiva de ley penal más benigna en materia tributaria; la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar, anuló la sentencia de condena y absolvió a Gastón Darío Stecco y a Laura Noemí Vergareche por el delito de evasión agravada.

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- Actor (quién impulsa el remedio): Defensa particular de Gastón Darío Stecco y de Laura Noemí Vergareche.
- Demandado / contraparte procesal: Tribunal Oral en lo Penal Económico n.º 3 (sentencia recurrida) y el Ministerio Público Fiscal (intervino el fiscal general Raúl O. Pleé).
- Objeto de la demanda: recurso de revisión fundado en la causal del art. 479 inc. 5 CPPN por aplicación retroactiva de la Ley 27.799 (2/1/2026), que modifica el Régimen Penal Tributario aumentando los umbrales de punibilidad; se alegó que los montos evadidos en los ejercicios 2012-2015 para VENOLA S.A. ($8.927.772,47; $13.628.261,40; $7.950.223,75; $3.356.147,54) quedan fuera del nuevo ámbito penal.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal —Sala I— hizo lugar al recurso de revisión, sin costas; anuló la sentencia recurrida y absolvió a Gastón Darío Stecco y a Laura Noemí Vergareche respecto del delito de evasión agravada por la utilización fraudulenta de beneficios fiscales por el que habían sido condenados (arts. 479, inc. 5, 485, 530 y ccds. CPPN; 366 inc. “e” CPPF).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales de párrafos relevantes): 1) "En lo que aquí interesa, se estableció que en la letra del inciso “c” del artículo 2 del Régimen Penal Tributario, regulado en el Título IX de la Ley n° 27.430, se sustituía “la expresión ‘la suma de dos millones de pesos ($2.000.000)’ por ‘la suma de pesos doscientos millones ($200.000.000)’”." 2) "En este sentido, el Alto Tribunal ha establecido en los precedentes “Palero” (Fallos: 330:4544) y, fundamentalmente, “Vidal” (Fallos: 344:3156), que en función del principio de retroactividad de la ley penal más benigna las modificaciones legislativas de los montos mínimos de punibilidad conllevan la desincriminación de las conductas que no superan los nuevos umbrales establecidos..." 3) "De tal suerte, el acuerdo debe hacer lugar, sin costas, al recurso de revisión deducido por la defensa particular y absolver a Gastón Darío Stecco y a Laura Noemí Vergareche en orden al delito de evasión agravada por el que fueron condenados (arts. 441, 479, 485, 530 y ccds. CPPN y 366, 370 CPPF)."
- Disidencias: No hubo votos en disidencia; los tres vocales (Slokar, Petrone y Barroetaveña) coincidieron en hacer lugar al recurso y absolver.

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