PERALTA, MIRIAM BEATRIZ c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora reclamó indemnización por incapacidad derivada de un accidente in itinere ocurrido el 26/02/2025. El Juzgado revocó la resolución de la Comisión Médica N°10, fijó una incapacidad del 17% de la T.O. y condenó a Provincia ART S.A. al pago de $31.404.424,99 más intereses, con costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Miriam Beatriz Peralta.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo Sociedad Anónima (Provincia ART S.A.).
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la resolución de la Comisión Médica N°10 que rechazó la existencia de incapacidad por accidente in itinere del 26/02/2025; se reclama reconocimiento de incapacidad y condena indemnizatoria conforme ley 24.557 y ley 27.348.
¿Qué se resolvió?
Se revocó lo decidido por la Comisión Médica N°10 y se estableció que la incapacidad laboral de Miriam Beatriz Peralta por el accidente in itinere del 26/02/2025 equivale al 17% de la T.O.; se condenó a Provincia ART S.A. a abonarle, dentro del quinto día, la suma de $31.404.424,99 más los intereses correspondientes; costas a la demandada; y regulación de honorarios por las sumas fijadas (46 UMA, 34 UMA y 10 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Del informe presentado en fecha 14/07/2026 por la experta designada en autos, y su ampliación de 17/08/2026 surge que, mediante examen físico y los estudios practicados a la accionante, dictaminó, con base en los antecedentes de interés médico legal obrantes en autos, que la parte actora posee, como consecuencia del accidente in itinere, cervicálgia, dorsalgia y omalgia izquierda (7%). Asimismo, manifiesta que la peritada presenta un cuadro compatible con una reacción vivencial Anormal Neurótica de grado II, que la incapacita en el orden del 10% de la T.O. (Conf. Baremo 659/96)."
"Otorgo al dictamen médico referido eficacia probatoria en sus aspectos fundamentales, atento a que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante. Destaco que las impugnaciones presentadas por la parte demandada ... no logran conmover la contundencia de las conclusiones de la pericia ... (arts. 386 y 477 CPCCN)."
"Como corolario de lo hasta aquí señalado, fijo la incapacidad de la que es portadora Miriam Beatriz PERALTA en el orden del 17% de la T.O."
"Como consecuencia de lo expuesto, en virtud de la incapacidad acreditada (17%), de la edad de la demandante a la fecha del infortunio (43 años) y el ingreso indicado, el importe resultante asciende a la suma de $31.404.424,99 ... la que resulta superior al monto mínimo establecido en el art. 3º del Decreto Nro. 1694/09 ... En tal marco, en mi óptica cabe concluir que la prestación que le corresponde percibir a la parte actora ... ($31.404.424,99), no vulnera el tope mínimo establecido para el semestre correspondiente."
"De tal modo, concluyo que el monto de condena y los accesorios establecidos precedentemente deberán abonarse dentro de los cinco días de notificada la liquidación prevista en el art. 132 de la LO, y a partir de la mora será de aplicación lo establecido por el artículo 770 del Código Civil y Comercial..."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en la resolución.
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