MONTANI, GABRIELA MARIA c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA MOLINERA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
Amparo por continuidad de afiliación y cobertura del plan superador GENESIS. El Juzgado hizo lugar al amparo y ordenó mantener la afiliación de la Sra. G. M. M. y su cónyuge a OSPIM y la cobertura del Plan GENESIS de OMINT, con costas a las demandadas y regulación de honorarios por 20 UMA ($2.084.400).
¿Quién es el actor?
Sra. G. M. M.
- Demandados: Obra Social del Personal de la Industria Molinera (OSPIM) y OMINT S.A. de Servicios.
- Objeto de la demanda: Se solicitó que se ordene a las demandadas mantener la afiliación de la actora (y de su cónyuge, Sr. P. L. B.) a OSPIM y que OMINT continúe brindando la cobertura del plan superador GENESIS luego de que la actora accediera a la jubilación.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo; OSPIM y OMINT deben mantener la afiliación de la Sra. G. M. M. y su cónyuge y brindar la cobertura del Plan GENESIS en los términos del considerando V. Se imponen las costas a las demandadas vencidas y se regulan honorarios al letrado de la actora en 20 UMA (equivalentes a $2.084.400). Además, se ordenó librar oficio al ANSES vía DEOX para que proceda a la transferencia de los aportes pertinentes y se apercibió a la demandada de acreditar cumplimiento de las resoluciones de la Superintendencia de Servicios de Salud.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
"Ello sentado, me importa destacar la importancia del derecho cuya protección se pretende, en tanto compromete la salud e integridad física de las personas y aparece reconocido por la Constitución Nacional art. 75, inc. 22 y los convenios internacionales..."
"En tales condiciones, corresponde admitir el mantenimiento de la afiliación de la parte accionante a OSPIM, gozando de los beneficios de servicios de salud del GENESIS de OMINT, el cual deberá realizarse con los aportes que efectúe la parte actora de conformidad con lo establecido por el art. 16 de la ley 19.032 y 20 de la ley 23.660, que deberán derivarse a la obra social y el pago adicional que deba efectivizar a OMINT por el plan GENESIS, superador en los términos del Decreto 576/93..."
"Por las consideraciones que anteceden, RESUELVO: I.
- Hacer lugar a la presente acción de amparo promovida por la Sra. G. M. M. contra la Obra Social del Personal de la Industria Molinera y OMINT. En consecuencia, deberán mantener la afiliación de la nombrada y su cónyuge el Sr. P. L. B., que se encuentra a su cargo, y brindar respectivamente, la cobertura del Plan GENESIS, en los términos establecidos en el considerando V."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el expediente; la decisión es del Juzgado de primera instancia.
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