BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ CIARLO HEREDIA, NAHUEL LUIS s/PROCESO DE EJECUCION
Banco Nación ejecutó a su cliente por saldos de tarjetas de crédito por $6.958.290,78. El Juzgado Federal 1 dictó sentencia de trance y remate y ordenó la ejecución hasta el pago íntegro del capital, más intereses compensatorios y punitorios, I.V.A. y costas.
¿Quién es el actor?
Banco de la Nación Argentina.
¿A quién se demanda?
Nahuel Luis Ciarlo Heredia (DNI 36.154.900).
- Objeto de la demanda: Proceso ejecutivo por cobro de saldo adeudado por tarjetas de crédito; capital reclamado $6.958.290,78 más intereses pactados, I.V.A. y costas.
¿Qué se resolvió?
Se dictó sentencia de trance y remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga íntegro pago a la actora del crédito adeudado en concepto de capital $6.958.290,78 (certificados de saldo deudor de fecha 26.08.25), con más los intereses compensatorios y punitorios pactados y en la forma convenida en los documentos acompañados al escrito inicial, desde la fecha en que la demandada quedó en mora (28.05.25) hasta el día del efectivo pago, con más el I.V.A. pertinente y las costas del juicio (conf. art. 558 del CPCC).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
"Que, con fecha 02.02.26, el Banco de la Nación Argentina, inició juicio ejecutivo contra Nahuel Luis Ciarlo Heredia, por el cobro de $6.958.290,78, en concepto de capital, con más los intereses pactados, I.V.A. y costas."
"Que, atendiendo al resultado de la diligencia llevada a cabo (cfr. diligencia del 21.08.26), no habiendo comparecido el accionado, haciéndose efectivo el apercibimiento ordenado oportunamente, se tuvo por expedita la acción ejecutiva respecto del ejecutado, despachándose la pertinente intimación de pago (conf. providencia del 18.05.26)."
"Cabe destacar que los títulos que dan sustento a la pretensión articulada en esta causa constan de dos certificados de saldo deudor de fechas ambos 26.08.25, uno de ellos de $2.675.282,36, no observado al 28.05.25, que refleja los resúmenes de cuenta emitidos por la actora, respecto de la tarjeta de crédito VISA N°4793760008250328, correspondientes a la cuenta N°1235363830/2, y otro de $4.283.008,42, no observado al 28.05.25 que refleja los resúmenes de cuenta emitidos por la actora, respecto de la tarjeta de crédito NATIVA MASTERCARD N°5186640084599784, correspondiente a la cuenta N° 8164104/0, cuyo titular en ambos casos es el ejecutado, Nahuel Luis Ciarlo Heredia DNI N°36.154.900, conforme los contratos que suscribieran las partes."
"A su vez, en lo atinente a los intereses compensatorios reclamados en estas actuaciones, la suma adeudada por la accionada devengará tales accesorios desde la fecha en que se operó la mora, esto es desde el 28.05.2025 -en ambos casos
- hasta el día de su efectivo pago, de acuerdo con lo pactado en la cláusula 5) de las respectivas solicitudes de tarjeta de crédito y anexo."
"Asimismo, cabe puntualizar que en virtud de lo dispuesto en la citada cláusula, se liquidarán igualmente los intereses punitorios convenidos por las partes, y el I.V.A. reclamado en el escrito de inicio, sobre los intereses pertinentes."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia; la resolución corresponde al pronunciamiento del Juzgado Federal 1.
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