Logo

UNION DE EMPLEADOS DE LA JUSTICIA DE LA NACION c/ ESTADO NACION PODER EJECUTIVO DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986

La Unión de Empleados de la Justicia de la Nación apeló la decisión que dejó sin efecto una medida cautelar sobre el Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral. La Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó la apelación, declaró improponible la presentación contra la Cámara Nacional del Trabajo y confirmó la resolución apelada por ausencia de sustanciación y falta de peligro en la demora.

Confirmacion Medida cautelar Presuncion de legitimidad Accion de amparo Camara contencioso administrativo federal Sustanciacion Ley 26.854 Improponibilidad Ausencia de peligro en la demora Transferencia de funcion judicial


¿Quién es el actor?

Unión de Empleados de la Justicia de la Nación.

¿A quién se demanda?

Estado Nación
- Poder Ejecutivo Nacional.
- Objeto de la demanda: petición de tutela cautelar (medida cautelar) para suspender el Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral al ámbito de la Justicia del Trabajo de la CABA; impugna la constitucionalidad de artículos de la ley 27.802 y el levantamiento de la cautelar por el juez de grado.

¿Qué se resolvió?

Se declaró improponible la presentación de la actora contra una resolución de la Cámara Nacional del Trabajo; se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la resolución apelada. No se impusieron costas especiales por ausencia de sustanciación; además se dejó sin efecto la formación de incidente dispuesta por secretaría y se ordenó comunicar a la Sala IV de la Cámara Nacional del Trabajo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes): "Que, en cuanto al levantamiento de la medida cautelar, cabe remitir a los argumentos expuesto por el Tribunal en ocasión de confirmar la denegatoria de una tutela similar en la causa 10258/2026 ... ocasión en la que se destacó la ausencia de peligro en la demora." "Cabe agregar que el recurrente no logra desvirtuar la carga de inercia del statu quo que el legislador ha puesto en cabeza de quien pretenda desvirtuar la presunción de legitimidad de una ley del Congreso de la Nación (art. 13 de la ley 26.854)." "De modo que el magistrado no adelantó un pronunciamiento en sentido desfavorable sobre la procedencia sustancial de la pretensión, cuyos términos ameritan su cuidadoso examen en la etapa de mérito." Además, el Tribunal consideró improponible la presentación dirigida a la Cámara Nacional del Trabajo y recordó la inadmisibilidad de la apelación contra la radicación, convalidada por la Alzada, motivo por el cual "corresponde dejar sin efecto la formación de incidente dispuesta por secretaría." No se registran votos en disidencia que alteren la resolución mayoritaria consignada en la parte resolutiva.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar