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MALDONADO, BEATRIZ CONCEPCION c/ M JUSTICIA s/PROCESO DE EJECUCION

La actora reclamó regulación de honorarios por su dirección letrada en un proceso de ejecución contra el Ministerio de Justicia. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la regulación de honorarios a favor de la Dra. Myriam Carsen y ordenó su liquidación conforme al art. 51 de la ley 27.423, sin incluir el IVA.

Honorarios Confirmacion Regulacion Representacion letrada Proceso de ejecucion Iva Ministerio de justicia Camara contencioso administrativo federal Ley 27.423 Articulo 51


¿Quién es el actor?

MALDONADO, BEATRIZ CONCEPCION.

¿A quién se demanda?

M JUSTICIA (Ministerio de Justicia).
- Objeto de la demanda: Proceso de ejecución y regulación de honorarios profesionales por la dirección letrada y representación de la parte actora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó los honorarios regulados a favor de la doctora Myriam Carsen por su labor en la única etapa cumplida ante la primera instancia; ordenó que la regulación se cancele conforme al artículo 51 de la ley 27.423 y aclaró que el monto no incluye el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá adicionarse si corresponde.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes): "Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate, así como al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada en la única etapa cumplida ante la primera instancia, corresponde CONFIRMAR —desde que solo fueron apelados por altos— los honorarios regulados a favor de la doctora Myriam Carsen, quien ejerció la dirección letrada y representación de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 29, 44, in fine, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; Resol. SGA n.° 1930/26)." "Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación de la profesional interviniente frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la decisión está firmada por los tres vocales.

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