PEUGEOT CITROEN ARGENTINA SA c/ EN-AFIP-DGA-SIGEA 17114-5015-2019-RESOL 132/22 s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
Peugeot Citroën Argentina S.A. demandó por reintegro de derechos de exportación pagados; la Cámara confirmó la sentencia de grado que declaró la inconstitucionalidad del decreto 793/2018 y reconoció el derecho al reintegro, rechazando la excepción de cosa juzgada por preclución procesal, y ordenó distribuir en el orden causado las costas de la incidencia relativa a la tasa de justicia.
¿Quién es el actor?
PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A.
¿A quién se demanda?
EN - AFIP - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS (DGA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Repetición/reintegro de derechos de exportación (U$S 14.394,67 reclamados) abonados al oficializar el despacho de exportación Nro. 18008ECR1010558D (05/10/2018), por entender ilegítima la exigencia del derecho de exportación establecido por el decreto 793/2018.
¿Qué se resolvió?
Se desestimó el recurso de apelación interpuesto por la DGA y, en consecuencia, se confirmó la sentencia apelada en cuanto declaró habilitada la instancia y rechazó la excepción de cosa juzgada administrativa; asimismo, se hizo lugar al recurso concedido con efecto diferido respecto de la incidencia sobre la tasa de justicia y se revocó la imposición de costas por esa incidencia, distribuyéndolas en el orden causado en ambas instancias. (Ver parte resolutiva).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En tal sentido, una constante jurisprudencia del Alto Tribunal vincula el principio de congruencia con la garantía de la defensa en juicio... el pronunciamiento judicial que desconoce o acuerda derechos no debatidos es incompatible con las garantías constitucionales..." (considerando VII, párrafos sobre preclusión y congruencia).
"Así, se advierte que el atacado decreto 793/2018 no cumple con los presupuestos legales y constitucionales requeridos en la materia impositiva, careciendo de sustento legal al crear una carga tributaria y fijar una alícuota de derechos de exportación; materia que se encuentra reservada, exclusiva y excluyentemente al Congreso de la Nación." (considerando X).
"El aludido artículo 82 de la ley 27.467... mal pudo convalidar con efecto retroactivo los derechos de exportación determinados y aplicados por el Fisco Nacional entre el 04/09/2018 y el 13/12/2018 al amparo del decreto 793/2018." (considerando XI).
Sobre costas e incidencia de tasa: "Corresponde modificar la imposición de las costas impuestas por el a quo respecto de dicha incidencia e imponerlas -en ambas instancias- en el orden causado (Art. 68, párrafo segundo, del CPCC)." (considerando XV).
¿Cómo votaron los jueces?
No existe disidencia relevante; los Dres. Marcos Morán y Marcelo D. Fernández adhieren al voto principal. La decisión que manda es la consignada en la parte resolutiva.
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