OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/REPETICION
Obra Social de los Empleados de Comercio reclamó repetición contra Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Ltda. La Cámara Civil declaró mal concedidos los recursos de apelación por inapelabilidad del decisorio (monto comprometido $600.000) y ordenó remitir la resolución para su publicación.
¿Quién es el actor?
OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES.
¿A quién se demanda?
PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción de repetición.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró mal concedidos los recursos de apelación oportunamente incoados y dispuso la remisión de la resolución a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN para su publicación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Como es sabido, el tribunal de alzada, como juez del recurso, está facultado para examinar su procedencia, pues sobre el punto no está ligado ni por la conformidad de las partes ni por la resolución del juez de primera instancia, aun cuando se encuentre consentida."
"En uso de esta facultad reservada al tribunal, se impone adelantar que, por aplicación del artículo 242 del Código Procesal Civil Comercial de la Nación (mod. ley 26.536), el decisorio bajo recurso, dictado el día 2 de marzo de 2026, deviene inapelable en virtud de que el monto comprometido en la cuestión ($600.000, conf. demanda fs. 22/32 y ampliación de fs. 52/53), resulta inferior al establecido como limitación de la 'suma gravaminis' por dicha norma, conforme la adecuación efectuada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación por Acordada 14/2022."
"En consecuencia, corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la demandada en la presentación de fecha 8 de marzo 2026."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia en el texto producido; lo resuelto es la declaración de mal concedidos los recursos por mayoría.
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