Federación Única de Viajantes de la República Argentina y otro c/ Yell Argentina SA s/ cobro de salarios
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la sentencia que declaraba improcedente el reclamo de entidades sindicales sobre el aporte patronal al Fondo de Investigación y Perfeccionamiento Gremial y Profesional contemplado en el CCT 308/75.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Aportes correspondiente al Fondo de Investigación y Perfeccionamiento Gremial y Profesional previsto en el artículo 30 del CCT 308/75,
Procedente el recurso extraordinario - Deja sin efecto la sentencia - Aporte patronal - Fondo de investigación y perfeccionamiento - Convención Colectiva de Trabajo - Art. 30 - Legitimación activa - Entidades sindicales - Representación sindical - Personería gremial - Imposición de una condición no prevista en las normas - Innecesario consentimiento de los trabajadores
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Normas que cita
- Ley 23.551art. 31 · Asociaciones sindicales
- Decreto 467art. 22
- 308/75art. 30
- CONVENIO 87 OIT (Internacional)
- CONVENIO 98 OIT (Internacional)
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Asociación de Trabajadores del Estado s/ acción de inconstitucionalidadCSJN · 18/06/2013
- Fallos 326:2150CSJN
- Fallos 327:5224CSJN
- Fallos 328:533CSJN
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