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Primera Instancia

RASPA PABLO DANIEL C/ SNEIBRUN FELIPE LEONARDO S/ INCIDENTE DE RENDICION DE CUENTAS.

El heredero actor promovió incidente de rendición de cuentas contra el administrador del sucesorio por la administración de bienes de la masa indivisa. El Tribunal hizo lugar al reclamo y condenó al administrador a rendir cuentas documentadas en 30 días e ingresar el saldo resultante dentro de los 10 días de aprobadas, con costas al demandado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº13 - MAR DEL PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
122069
Rendicion de cuentas Incidente Sucesion abintestato Administrador de sucesorio Indivision hereditaria Deber documental Tasa activa descubierto bpba Declaratoria de herederos Rebeldia Costas al vencido

¿Quién es el actor?

Pablo Daniel Raspa, en su carácter de heredero de Ada Rosa Alvis.

¿A quién se demanda?

Felipe Leonardo Sneibrun, designado administrador del sucesorio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Rendición de cuentas de la administración de los bienes que integran el acervo sucesorio (designación del 03/09/2009 y administración efectuada desde entonces), con detalle documental de ingresos y egresos, intereses y depósito del saldo que resulte.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la pretensión. Se condenó al demandado a rendir cuentas documentadas de su gestión desde su designación (03/09/2009) hasta la fecha de su presentación en el término de 30 días de quedar firme la sentencia; y dentro de los 10 días de aprobado el auto que apruebe las cuentas deberá depositar el saldo que resulte, con los intereses fijados. Se impusieron las costas al demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La rendición de cuentas es una consecuencia del carácter de mandatario que ostenta el administrador de los bienes indivisos ... El mandatario está obligado a dar cuenta de sus operaciones (conf. arts. 1869, 1909 del Código Civil)."

"Del examen del sucesorio ... concluyo que la obligación de rendir cuentas no se encuentra cumplida, toda vez que la única presentación efectuada por el administrador en ese carácter no importa una rendición de cuentas de su gestión."

"Esa presentación no satisface la obligación de rendir cuentas. No basta con manifestar que la documentación respaldatoria está en poder del obligado ... La rendición de cuentas debe ser instruida y documentada, presentada en forma descriptiva todas y cada una de las operaciones realizadas ..."

"En función de todo lo expuesto, corroborada la existencia de la obligación reclamada y su incumplimiento, corresponde receptar favorablemente la demanda de rendición de cuentas promovida por el Sr. Pablo Daniel Raspa ... y condenar al demandado Felipe Leonardo Sneibrun a que en el plazo de 30 días de quedar firme la presente rinda cuentas de su gestión ... bajo apercibimiento de que en caso de no cumplir dicha obligación, el actor podrá presentar sus cuentas, las que serán aprobadas en todo aquello en lo que no sea probado como inexacto."

Sobre intereses: "partiendo de esos parámetros ... entiendo prudente y razonable que de existir un monto adeudado en concepto de saldo a favor del actor, se liquiden intereses -a partir de la fecha de constitución en mora- a la 'tasa activa descubierto en cuenta corriente' del Banco de la Provincia de Buenos Aires ..."

Observaciones procesales relevantes: el demandado fue declarado rebelde por no contestar; la obligación de rendir cuentas le fue impuesta expresamente al ser designado administrador en el expediente sucesorio (Expte. 19.364). Se impone costas al demandado en su carácter de vencido.

Leyes que cita

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