AGUILAR CARMEN AURORA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Solicitud de beneficio de litigar sin gastos para litigar en causa por daños y perjuicios. El Tribunal concedió el beneficio por entender acreditada la carencia de recursos y la imposibilidad de afrontamiento de los gastos del proceso, permitiendo litigar sin pago de costas mientras no mejore su fortuna.
¿Quién es el actor?
Carmen Aurora AGUILAR.
¿A quién se demanda?
Schivo Enrique Nicolás y otro/a (processo principal: "SCHIVO ENRIQUE NICOLAS Y OTRO/A C/ AGUILAR CARMEN AURORA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" Expte. MO-3610-2023).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita el beneficio de litigar sin gastos (arts. 78 y ss. CPCC) para poder litigar sin pago de costas ni otros gastos judiciales mientras no mejore de fortuna.
¿Qué se resolvió?
Se concede el beneficio de litigar sin gastos a favor de Carmen Aurora AGUILAR en los términos solicitados; notifíquese y oficio de testimonio una vez firme.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Primero. El beneficio de litigar sin gastos está destinado a garantizar la defensa en juicio, lo que supone la posibilidad de comparecer ante el órgano judicial en procura de justicia, objetivo que se vería frustrado si no se pudiera demandar por falta de los medios indispensables para hacer frente a los gastos que son propios de la actividad jurisdiccional (CNCiv. Sala C, noviembre 13-1984 en Cuestiones de Derecho Procesal 'Jurisprudencia Condensada' ED. 23-7-87).-
Como lo ha resuelto la Excma. Cámara en lo Civil y Com. Departamental, 'es la franquicia que se concede a ciertos justiciables de actuar sin la obligación de hacer frente, total o parcialmente, a las erogaciones incluidas en el concepto de costas, sea en forma definitiva o solamente provisional. Su fundamento reposa en la necesidad de preservar la operancia de la garantía constitucional de la defensa en juicio (art. 18 Const. Nac.) asegurando el acceso a la justicia (Morello, Augusto Mario; Sosa, Gualberto Lucas; Berizonce, Carlos Omar, Códigos Procesales en lo Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires y de la Nación, Comentados y anotados, T II B, págs. 232 y 263). La concesión del beneficio dicho, se encuentra supeditada a que su solicitante acredite la carencia de recursos para solventar los gastos acarreados por el proceso a tramitar (o en trámite), como así también la imposibilidad de proporcionárselos (arts. 78, 79, 375 y 384 CPCC) quedando al prudente arbitrio judicial, la ponderación de las pruebas que se aporten al efecto. Si bien, en razón del derecho a tutelar (libre acceso a la justicia) la interpretación en favor de la concesión ha de ser amplia, ello no dispensa al peticionante de acreditar debidamente los presupuestos legales que habiliten el otorgamiento. Esto es así, por cuanto frente al derecho constitucional de defensa en juicio (art. 18 C.N.), se levanta la garantía, de igual raigambre, de igualdad ante la ley (art. 16 C.N.) ...' (Cám. Civ. y Com. Departamental, Sala II, Causa Nro. 36.025, R.S. 480/00, del 26/10/2000, 'López, Carlos c/ Serrano, Luis C. s/ Benef. Litig. Sin Gastos').-"
"Segundo. De la prueba colectada en autos: declaraciones testimoniales adjuntas en formato PDF. a la presentación de fecha 14/07/2023, y lo que surge de la declaración jurada adjunta en la presentación del 1/10/2026, elementos éstos que aprecio conformes a las reglas de la sana crítica (arts. 384 y 456 del CPCC), considero que se han acreditado los presupuestos básicos para acceder a la petición formulada por la Sra. Carmen Aurora AGUILAR.-"
"1ro.) Conceder a Carmen Aurora AGUILAR el beneficio de litigar sin gastos pedido con el alcance de las normas legales citadas, de modo que pueda litigar en autos 'SCHIVO ENRIQUE NICOLAS Y OTRO/A C/ AGUILAR CARMEN AURORA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Expte. MO-3610-2023)', sin el pago de las costas u otros gastos judiciales en tanto no mejore de fortuna (arts. 78 y ss. del CPCC). REGISTRESE. NOTIFIQUESE.-"
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.