BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A C/ QUIRICO ISAIAS DANIEL S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco demandó en cobro ejecutivo reclamando $24.921.243,04 por certificado de deuda de cuenta corriente. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó continuar el procedimiento hasta cobrar el capital reclamado más intereses calculados a una vez y media la tasa activa del Banco Provincia desde la fecha de mora (07/09/2026) y condenó en costas al demandado.
¿Quién es el actor?
BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A.
¿A quién se demanda?
QUIRICO ISAIAS DANIEL.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo por la suma de Pesos VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 4/100 ($24.921.243,04) conforme certificado de deuda de cuenta corriente.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución promovida, ordenándose continuar la ejecución hasta que el ejecutado efectúe el pago íntegro del capital reclamado más los intereses que se liquidarán conforme las pautas fijadas, se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que encontrándose vencido el plazo legal para que el demandado oponga excepciones corresponde llevar adelante la presente ejecución (arg. art. 549 del CPCC)."
"Respecto a la mora si bien el certificado de deuda de una cuenta corriente bancaria expedido en regla, constituye un título ejecutivo (art. 1406 del C.C. y Com. de La Nación), lo cierto es que ello hace a su exigibilidad pero no a la constitución en mora del deudor, para la cual es necesario la interpelación del mismo (art. 887 del C.C. y Com. de la Nación ...). En consecuencia corresponde tener por configurada la mora del proceso de maras en la fecha en la cual se encuentra diligenciado el mandamiento de intimación de pago referenciado ut-supra (07/09/2026)."
"Respecto a los intereses, los mismos se fijan en una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a treinta días (tasa activa), vigente en los distintos períodos de aplicación, desde la fecha de mora (07/09/2026), hasta su efectivo pago (art. 767 in fine del Código Civil y Comercial de La Nación ...). Ello, sin perjuicio de los planteos que eventualmente se pudieran introducir oficiosamente al momento de efectuarse la liquidación si, para los períodos futuros y de persistir el incumplimiento, dicha tasa llegare a tornarse desproporcionada o abusiva (art. 771 del Cód. Civ. y Com. de la Nación ...)."
"Las costas del presente se imponen a la parte demandada en su carácter de vencida difiriendo la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno (arts. 68 y 556 del CPCC y art. 51 del arancel)."
Bloque dispositivo final (resolución):
"I.- Mandando llevar adelante la ejecución promovida por BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A contra QUIRICO ISAIAS DANIEL hasta tanto el ejecutado haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de Pesos VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 4/100 ($24.921.243,04) con mas los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando 3°.
II:- Imponer las costas al accionado vencido, difiriendo la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno.
III.- Téngase por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 41 y 133 del CPCC)."
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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