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Primera Instancia

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CASTRO RAUL ARIEL S/ COBRO EJECUTIVO

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por cobro de PESOS 156.492,06 contra Raúl Ariel Castro por falta de pago del mutuo. El Tribunal ordenó proseguir la ejecución, condenó al pago del capital más intereses que deberán liquidarse aplicando 1,5 veces la tasa activa del Banco Provincia vigente desde la mora, e impuso las costas al ejecutado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 8 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-22233-2023
Cobro ejecutivo Mutuo Intereses moratorios Tasa activa banco provincia Reduccion de intereses / articulo 771 c.c.c.n. Mora (16/6/22) Costas al vencido Capital $156.492 06 Ejecucion judicial Domicilio procesal constituido Si necesita que extraiga otros parrafos completos del expediente o identifique normativa citada con mas detalle Indiquelo.

¿Quién es el actor?

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

RAUL ARIEL CASTRO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por cobro ejecutivo de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 06/100 ($156.492,06) más intereses y costas por incumplimiento de un mutuo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución incoada, mandando llevarla adelante hasta tanto el ejecutado haga pago íntegro del capital reclamado más los intereses, los cuales se liquidarán conforme a las pautas fijadas (1,5 veces la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones ordinarias de descuento a 30 días, desde la mora del 16/6/22). Se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Que encontrándose vencido el plazo legal para que el demandado oponga excepciones corresponde llevar adelante la presente ejecución (arg. art. 549 del CPCC)."

"2°) Respecto a los intereses, se observa que en la cláusula 3-A del mutuo base del presente litigio las partes convinieron una TNAV del 63,21%."

"En consecuencia, conforme lo dicho precedentemente y lo dispuesto por el artículo 771 del C.C.C.N. corresponde aplicar por todo concepto intereses fijados en una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a treinta días (tasa activa), vigente en los distintos períodos de aplicación, desde la fecha de mora (16/6/22), hasta su efectivo pago (art. 767 in fine del Código Civil y Comercial de La Nación, conf. C. Apel. Civ. y Com., Sala II, Dptal., causa nº Mo-35211-2022 "MONROY JOSE ANTONIO C/ BENITEZ LAURA NOEMI S/ COBRO EJECUTIVO", R.S. nº 169 del 26/03/26)."

¿Qué se resolvió?

"I.- Mandando llevar adelante la ejecución promovida por BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra RAUL ARIEL CASTRO hasta tanto el ejecutado haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 06/100 ($156.492,06.-) con mas los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando 2°."

(Además relevantes:) "II:- Imponer las costas al accionado vencido, difiriendo la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno." y "III.- Téngase por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 41 y 133 del CPCC)."

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