MENDOZA BLANCA NIEVE S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se promovió una declaratoria de herederos por causa de muerte de Blanca Nieve Mendoza en trámite de sucesión ab-intestato. El Tribunal hizo lugar al pedido y declaró a Zerrillo Miguel, cónyuge, como único heredero universal y, además, heredero de bienes propios si los hubiere, con expresa mención de los derechos sobre gananciales.
¿Quién es el actor?
Zerrillo Miguel, cónyuge de la causante (solicitante de la declaratoria de herederos).
¿A quién se demanda?
Mendozа Blanca Nieve (causante - fallecida).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos por fallecimiento de Blanca Nieve Mendoza (sucesión ab-intestato).
¿Qué se resolvió?
Se declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que, por fallecimiento de MENDOZA BLANCA NIEVE, le sucede en carácter de universal heredero su cónyuge ZERRILLO MIGUEL, y se le declara también heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, con la salvedad de los derechos que la ley le reconoce respecto de los gananciales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1º) Que con el certificado remitido en pdf del 8/9/25 se acredita la defunción de Don: MENDOZA BLANCA NIEVE, ocurrida el 7/8/24.-
2º) Que ésta era de estado civil casada de sus primeras nupcias de ZERRILLO MIGUEL, matrimonio celebrado el 19/12/80 (ver pdf del 20/11/25).-
3º) Que de dicha unión no hubo descendencia conforme lo manifestado en escrito de fecha 20/11/25.-
4º) Que la causante era hija de Maria Catalina Bernal y de Elio Delfor Mendoza ambos fallecidos en fecha 28/1/71 y 18/9/72 respectivamente según se acredita con las partidas acompañadas el 20/11/25.
5°) Que con fecha 6/3/26 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 del CPCC o 2340 del Código Civil y Comercial, sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC) y que se puede constatar a través del link: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14025/ver
Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337, 2424 y 2435 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de MENDOZA BLANCA NIEVE, le sucede en carácter de universal heredero su cónyuge ZERRILLO MIGUEL, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."
Notas procesales relevantes: Se dejó constancia de la publicación de edictos con resultado negativo; la resolución fue notificada al domicilio electrónico constituido en el expediente. Se advirtió que la resolución "carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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