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Primera Instancia

MURIAS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramitó declaración de herederos por sucesión ab-intestato de Alberto Murias; se pidió que se declare heredera única a su hermana. El Tribunal declaró, conforme a las constancias registrales y edictos con resultado negativo, que Graciela Amanda Murias y Vera sucede por fallecimiento como única y universal heredera.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 8 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-29245-2026
Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Heredera unica y universal Edictos (publicacion y resultado negativo) Partidas de nacimiento/defuncion Codigo civil y comercial (arts. 2338 2424 2438-2440) Cpcc (arts. 735 737 Notificacion electronica Inscripcion registral (sin efecto para inscripcion) Actuaria (informe de edictos) Observacion: el texto remitido no individualiza juez ni partes procesales completas La resolucion es de primera instancia del tribunal y declara a graciela amanda murias y vera como unica y universal heredera Dejando aclarado que la presente carece de valor para inscripcion o cobro.

¿Quién es el actor?

Se peticiona a través del escrito de D. H. (solicitante) el dictado de la resolución de declaración de herederos.

¿A quién se demanda?

No existe un demandado concreto; es trámite sucesorio ab-intestato.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se requiere la declaración de herederos por el fallecimiento de MURIAS ALBERTO (11/6/26), con destino de la herencia a la hermana GRACIELA AMANDA MURIAS Y VERA.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal, conforme a las constancias aportadas y la publicación de edictos con resultado negativo, declaró que por el fallecimiento de MURIAS ALBERTO sucede en carácter de única y universal heredera su hermana GRACIELA AMANDA MURIAS Y VERA. Regístrese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con el certificado remitido pdf 3/8/26 se acredita el fallecimiento de Don: MURIAS ALBERTO, acaecido el 11/6/26."

"Que el causante era soltero y sin descendencia conforme surge y se manifiesta en el escrito de inicio."

"Que el causante era hijo de ALBERTO MURIAS y de TERESA AMANDA VERA ambos fallecidos en fecha 28/11/06 y 3/5/07 respectivamente según se acredita con las partidas acompañadas el 26/8/26."

"Que de dicha unión también nacio: GRACIEA AMANDA (20/3/45). lo que se acredita con las partidas remitida en pdf del 3/8/26."

"Que con fecha 23/9/26 se ha efectuado la publicación de edictos ... sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC)..."

"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2338, 2424, 2438, 2439, 2440 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de: MURIAS ALBERTO le sucede en carácter de único y universal heredera su hermana: GRACIELA AMANDA MURIAS Y VERA. REGISTRESE."

Además la resolución consignó: "Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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