Incidente N° 1 - IMPUTADO: CHOQUE, JOHANA MANUEL s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA
Incidente de competencia por hallazgo de hojas de coca en encomienda; se discutió cuál juzgado debía investigar. La Cámara Federal declaró competente al Juzgado Federal de Tartagal y ordenó remitir el expediente para que el Juzgado de Campana proceda con el envío.
¿Quién es el actor?
Contienda negativa de competencia entre el Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana y el Juzgado Federal de Tartagal; en el expediente figura como imputado C., J. M.
¿A quién se demanda?
No hay demandado civil; la controversia es entre órganos jurisdiccionales (Campana vs. Tartagal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Determinación de la competencia para investigar hechos vinculados al transporte de una encomienda con hojas de coca (posible infracción a la Ley 22.415), secuestrada en Ruta Nacional 9, peaje km 94,4, partido de Zárate (prov. de Buenos Aires).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal declaró competente al Juzgado Federal de Tartagal para continuar con la investigación y ordenó remitir al Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana a fin de que tome razón y proceda al envío del expediente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La pesquisa tuvo su inicio a raíz del operativo público de prevención efectuado el 13 de septiembre de 2026 ... el personal preventor pudo advertir ... un bulto de encomienda que podía contener mercadería en infracción a la Ley 22.415 ... se identificó la encomienda número 999038410477, con origen en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, provincia de Salta, y destino en la localidad de Nueva Pompeya, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; que contenía hojas de coca en su estado natural, con un pesaje de 23.340 gramos..."
"En tal sentido, se destaca que la encomienda secuestrada habría tenido origen en la provincia de Salta; por tanto, y en principio, allí se habrían consumado las maniobras vinculadas -prima facie delictivas-. De tal modo, atendiendo a los principios de mejor administración de justicia y economía procesal (CSJN, Fallos: 311:2055 y 317:915, entre otros), sentido en el que se valora la inmediatez con la prueba, el juzgado con asiento en la provincia de Salta se encuentra en mejores condiciones para investigar los actos en posible infracción a la Ley 22.415, por lo que corresponde asignársele competencia..."
¿Cómo votaron los jueces?
no se registran votos en disidencia; la decisión consta como providencia final del Tribunal unipersonal.
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Leyes que cita
- Ley 22.415Codigo aduanero
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