PROVINCIA DE SAN JUAN c/ Valverde Alberto – Ejecutivo – INCONSTITUCIONALIDAD y CASACIÓN.
El actor cuestionó la aplicación de plazos de prescripción y la exigibilidad de cuotas del impuesto provincial en ejecución fiscal. La Sala Primera rechazó los recursos deducidos por la parte actora, confirmó la constitucionalidad de la normativa cuestionada y ordenó imponer las costas causadas.
¿Quién es el actor?
Alberto Valverde (la parte actora identificada como Valverde Alberto).
¿A quién se demanda?
Provincia de San Juan — Dirección General de Rentas / Poder Ejecutivo provincial.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la aplicación del cómputo de plazos de prescripción y la exigibilidad de cuotas para un impuesto provincial; se plantea inconstitucionalidad y se interpone recurso de casación contra sentencia de la Cámara (ejecución fiscal / impugnación de prescripción).
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los recursos deducidos por la parte actora; se declaró la constitucionalidad de la normativa impugnada; se impusieron las costas al causado; y se ordenaron trámites de archivo y notificación conforme al bloque resolutorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Párrafos transcritos textualmente (2-3 párrafos más relevantes del fallo, en lenguaje original del tribunal):
"Plantea una ejecución agravio, que siendo el presente rige por las normas del Código Tributario, blece en su art. 47, el de exigir el comienza pago a partir del cual se refiere la --7 consecuencia aplicación mente lo ha ejecución tributodo La su DGR Cámara se para impuesto su cobro el sostiene plazo su o sea, para desde año se no errónea‑ trata de ejecutado se son hace una es en un forma anticipos del que quo entendió que los deudores morosos Sostiene cursada el se para el recurrente, opere cada momento la cuan‑ prescrip‑ cuota y que venció en desde el pago."
"En el Tribunal mérito al resultado RESUELVE: constitucionalidad y I) costas de esta III) Agregar la presente zadas a pales que quese y Rechazar al los al que antecede, recursos de deducidos. en y Tribunal II) el expediente respectivos bajar oportunamente votación Instancia, protocolos deberán la casación las los de a de orden Imponer causado. y copias autori‑ los autos princi‑ origen. Notifí‑ archívense."
Citas textuales relevantes:
"Rechazar ... recursos deducidos."
"constitucionalidad y ... costas"
"Imponer ... causado."
¿Cómo votaron los jueces?
el bloque resolutorio es el que prevalece; consta adhesión al voto precedente: "Por sus fundamentos, nos adherimos al voto emitido precedentemente."
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