ARCA c/ LINEA EUROPEA S.R.L s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
ARCA (ex A.F.I.P.) promovió ejecución fiscal contra LINEA EUROPEA S.R.L. por $6.665.431,39. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución, habilitó a la AFIP para llevarla adelante, impuso las costas a la demandada y fijó pautas para embargo, inhibición y liquidación de la deuda.
¿Quién es el actor?
ARCA (Ex A.F.I.P.), representante del fisco.
¿A quién se demanda?
LINEA EUROPEA S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución fiscal por la suma de $6.665.431,39 según la boleta de deuda agregada al expediente.
¿Qué se resolvió?
El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución contra LINEA EUROPEA S.R.L., habilitó a la Administración Federal de Ingresos Públicos para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital indicado con sus intereses legales; impuso las costas a la demandada; determinó medidas accesorias (embargo bancario, inhibición general de bienes ante el Registro de la Propiedad Automotor y Registro General de la Provincia en caso de insuficiencia de fondos) y ordenó la notificación de la liquidación practicada por la AFIP, con posibilidad de impugnación en cinco días ante el Tribunal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia ... Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal."
"De igual manera, de resultar positivo el embargo bancario ordenado, el Representante del Fisco -dentro de los cinco días de quedar firme la presente-, deberá solicitar al Tribunal la imputación de los fondos a las respectivas cuentas recaudadoras, bajo su exclusiva responsabilidad."
No constan votos en disidencia; la resolución es única y firmada por el Juez Federal de 1ª Instancia.
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Leyes que cita
- Ley 11.683Procedimiento fiscal
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