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Primera Instancia

ARCA c/ MOLFETA S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por ARCA (ex AFIP) contra MOLFETA S.A.S. por una deuda de $847.974.120,9 más intereses. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución, habilitando a la AFIP a proceder contra bienes y fondos hasta obtener el íntegro pago e imponiendo las costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE CORDOBA 2
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 042113/2026
Ejecucion fiscal Afip Embargo bancario Inhibicion general de bienes Imputacion de fondos Costas Ley 11.683 art. 92 Liquidacion administrativa Molfeta s.a.s. Deuda tributaria

¿Quién es el actor?

ARCA (Administración Federal de Ingresos Públicos, antes AFIP).

¿A quién se demanda?

MOLFETA S.A.S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por la suma de $847.974.120,9 (capital) más intereses, conforme a la boleta de deuda agregada.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra MOLFETA S.A.S., habilitándose a la AFIP para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital ($847.974.120,9) con más intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se autorizó la inhibición general de bienes si el embargo bancario resultara negativo o insuficiente; y se ordenaron reglas para la imputación de fondos y la notificación de la liquidación administrativa, con plazo de impugnación de cinco días ante el Tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento ob­rante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."

"Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia ... Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal."

"De igual manera, de resultar positivo el embargo bancario ordenado, el Representante del Fisco -dentro de los cinco días de quedar firme la presente-, deberá solicitar al Tribunal la imputación de los fondos a las respectivas cuentas recaudadoras, bajo su exclusiva responsabilidad."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia; la resolución es de un Juez Federal de primera instancia.

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