MOROSAN JORGE OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo previsional por reajustes y cálculo del haber inicial contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la orden de aplicar diferencias porcentuales sobre los haberes de enero-febrero 2021 y diferió para ejecución el examen de topes, confirmando la sentencia en lo demás y con costas en la Alzada.
¿Quién es el actor?
MOROSAN JORGE OSCAR.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios relativos al cálculo del haber previsional (actualización de remuneraciones para determinar haber inicial, reajuste de la Prestación Básica Universal –PBU–, aplicación de topes de haberes —art. 26 ley 24.241, art. 9 ley 24.463, Resolución SSS 06/09—, retención del impuesto a las ganancias, y otras cuestiones conexas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual que pudiera existir entre los aumentos suspendidos y los abonados durante 2020; diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; impuso costas por su orden en la Alzada y fijó honorarios por el 30% de lo que se estipule en la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) “Deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada.”
2) “Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU…”
3) “Por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor.”
4) Sobre impuesto a las ganancias: el Tribunal siguió la línea de la CSJN y concluyó que “corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido.”
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre diversos extremos y manifestó consideraciones propias (se consignan en el voto), pero votó por confirmar la sentencia apelada; no existe una resolución dispositiva contraria a la mayoría, por lo que la decisión de la Cámara se condensa en el block dispositive transcripto arriba.
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Leyes que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
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