DÍAZ Luis – Sucesorio – INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN
El recurrente impugnó vía casacional y por inconstitucionalidad una resolución sucesoria que aplicó la ley 14.394 y el régimen del artículo 48; solicitó nulidad y/o revocación de la interlocutoria. La Corte desestimó el recurso de inconstitucionalidad y confirmó la solución adoptada por la instancia recurrida por falta de agravios que afecten la legalidad o la validez del decisorio.
¿Quién es el actor?
Dr. Carlos Caballero Vidal (recurrente, por derecho propio) / persona recurrente: DÍAZ, Luis (carátula).
¿A quién se demanda?
Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones (la sentencia apelada y sus integrantes); contra resolución que aplicó normas sucesorias y la ley 14.394.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación e inconstitucionalidad contra resolución interlocutoria sucesoria que aplicó artículo 48 y la ley 14.394; se pide nulidad o revocación por inconstitucionalidad y arbitrariedad.
¿Qué se resolvió?
Desestimar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto; protocolizar, notificar y archivar. (Se rechazan los agravios y se considera que no configuran vicios de nulidad o arbitrariedad que impongan revocar la decisión anterior.)
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"RESUELVE:
I) de la votación Desestimar que antecede, formalmente el re- ... curso al de inconstitucionalidad recurrente interpuesto. Protocolícese, notifíquese y oportunamente archívense."
"La recurrente no imputa en a criterio adoptado por a quo juzgar texto legal tales agravios del fallo, sino a que ha juzgado las cuestiones la cual, esta vía que resultan el a legalidad abriese fundamentación limita que Corte fundamen- inequívocamente en ar- Se aplicación por no la vicios."
"Si esta examen de y en su 'actuación ... relación al recurso lo 15 aplicación de oficio sustantiva del juicio, casación, tal como ley 2275, y del por lo artículo tanto está exclui- inconstitucionalidad de recurso el establece lo atinente materia es el fondo, de del interpreta- la a refiera se dicho Tiene 14.394."
(Se consignan además votos con adhesiones: "Por sus fundamentos, Dres. Ángel Humberto Medina ... adherimos", y la parte resolutiva final repetida en el cuerpo dispositvo.)
Notas sobre disidencias: el acuerdo final es el que consta en el bloque resolutivo; los votos individualizados sirven de fundamento pero no alteran la decisión mayoritaria. No se identifican disidencias determinantes en el bloque dispositvo.
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Leyes que cita
- Ley 14.394 de Buenos AiresLey impositiva, ejercicio fiscal 2013.-
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