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Tribunal Superior

PROVINCIA DE SAN JUAN c/ Bonanza S.A.C.A. e I. - Ejecutivo – INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN

La Provincia de San Juan promovió ejecución administrativa/ejecutiva contra Bonanza S.A.C.A. por deuda tributaria y la demandada planteó prescripción e inconstitucionalidad de normas aplicadas. La Corte rechazó el recurso de casación, declaró abstractas las cuestiones restantes y confirmó la aplicabilidad de la doctrina de fallos plenos vinculantes; impuso las costas a la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Primera (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Primera
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
5017 (fs. 107)
Provincia de san juan Bonanza s.a.c.a. Casacion Prescripcion Inconstitucionalidad Ejecucion administrativa Fallos plenos Doctrina vinculante Costas Sala primera

¿Quién es el actor?

Provincia de San Juan (parte ejecutante).

¿A quién se demanda?

Bonanza S.A.C.A. e I.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecutivo (cobro de deuda tributaria / ejecución administrativa) y discusión sobre prescripción de la deuda y sobre inconstitucionalidad de normas aplicadas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto; se declaró que las cuestiones restantes tornan abstractas; se impusieron las costas a la parte actora y se ordenó agregar protocolizados al expediente y remitir copias a autos de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La doctrina fijada en dicho fallo plenario sostiene la esencia finalidad del contrato obligacional..." (sobre la fuerza vinculante de los fallos plenos de la Corte y su aplicabilidad a los tribunales inferiores).

Se considera que la aplicación de precedentes plenos del Tribunal resulta obligatoria para los tribunales de la Provincia y que, frente a la doctrina así impuesta, las cuestiones planteadas en la casación quedan resueltas en esa línea o tornan abstractas.

Bloque dispositvo (transcripciones literales tomadas del fallo):

"RESUELVE."

"1) Declarar ... que las restantes ... cuestiones planteadas tornan abstractas."

"3) Imponer las costas de todas las instancias."

¿Cómo votaron los jueces?

la resolución surge del acuerdo de la Sala Primera; aparecen las firmas de los Ministros José Abel Soria Vega, Dr. Balaguer y Dr. Ángel Humberto Medina Palá. Se adhiere la mayoría a los fundamentos que sostienen la aplicación de la doctrina plenaria; hubo adhesiones explícitas y adhesión al voto preexistente.

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