SINDICATO Unión Obreros y Empleados Municipales (S.U.O.E.M.) Meramente Declarativa – Sumarísimo – INCONSTITUCIONALIDAD
El Sindicato Unión de Obreros y Empleados Municipales (S.U.O.E.M.) promovió acción sumarísima meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la ley provincial 2275. La Sala Primera desestimó la pretensión de inconstitucionalidad, considerando que la cuestión no reúne la trascendencia o la adecuada articulación procesal para admitir el reclamo y que los agravios no acreditaron vicio de inconstitucionalidad de la normativa.
¿Quién es el actor?
Sindicato Unión de Obreros y Empleados Municipales (S.U.O.E.M.).
¿A quién se demanda?
Estado provincial (ley 2275 cuestionada / Poderes que aplicaron la norma).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción sumarísima meramente declarativa de inconstitucionalidad respecto de la ley provincial 2275 y su aplicación; se impugnaba la validez constitucional de disposiciones que afectarían asignaciones/retenciones y montos por el período 2004-2007 (se menciona suma reclamada de $300.000.000 en el expediente).
¿Qué se resolvió?
Se desestimó la acción de inconstitucionalidad deducida por el sindicato; se ordenó devolver la copia acompañada y archivar los autos conforme al dispositivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La pretensión ... tuvo trascendencia económica ... se presentaba en la instancia de Cámara ... la actora sostuvo una retención que monumentaba la suma de $300.000.000 ... que constituye ... la base económica que se invoca."
"La introducción de la cuestión constitucional debe hacerse oportunamente; no corresponde que se introduzca extemporáneamente y sin la debida articulación procesal..."
"RESUELVE: TI) ... Desestimar la inconstitucionalidad deducida por la recurrente. II) Devolver la copia acompañada. III) Pro- archívense."
En el voto se reiteran criterios de la jurisprudencia de la Sala acerca de la necesidad de que las cuestiones de inconstitucionalidad tengan la debida trascendencia y se formulen dentro del marco procesal pertinente: "La introducción ... exige la clara regulación de sus efectos y/o el mantenimiento ... no puede introducirse como remedio extraordinario cuando la cuestión no fue oportunamente planteada en las instancias ordinarias."
¿Cómo votaron los jueces?
el bloque dispositivo final del Tribunal dispone la desestimación y las diligencias accesorias; se adhiere la votación de la mayoría (los Dres. Medina, Pala y Balaguer firman y dicen "adherimos precedentemente").
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