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Tribunal Superior

CLAVIJO Idelfonso – Prescripción Aquisitiva – Recurso Directo - INCONSTITUCIONALIDAD

El recurrente ejerció recurso directo cuestionando la decisión de la Cámara sobre prescripción adquisitiva y planteó inconstitucionalidad formal. La Sala Primera desestimó la pretensión de inconstitucionalidad y rechazó el reclamo, sosteniendo que no se acreditaron los vicios formales invocados ni la existencia de excepciones que justifiquen la admisión extraordinaria del remedio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Primera (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Primera
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6195
Recurso directo Prescripcion adquisitiva Inconstitucionalidad Extemporaneidad Ley 2275 Formalidades Camara de apelaciones Admisibilidad Devolverse Archivo

¿Quién es el actor?

Clavijo Idelfonso (recurrente/quejoso)

¿A quién se demanda?

Sentencia de Cámara de Apelaciones en lo Civil (parte recurrida; terceros interesados Gustavo Valle y otros mencionados en autos)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra resolución de Cámara respecto de prescripción adquisitiva; se planteó además inconstitucionalidad de normas/procedimientos.

¿Qué se resolvió?

La Sala Primera resolvió desestimar la pretensión de inconstitucionalidad interpuesta en el recurso directo y, en consecuencia, devolver las actuaciones y archivar; rechazó la argumentación del recurrente por ser extemporánea y por no reunir los requisitos formales exigidos por la ley 2275.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Extractos textuales relevantes del fallo (transcripción tal como figura en el texto):

"El quejoso expresa ... deje sin efecto la resolución la Cámara de Apelaciones defensa en juicio, la ley."

"El recurso ... extemporáneo. ... que debe considerarse que el remedio recursivo extemporáneo."

"El art. ... exige ... certificación ... domicilio ... acompañar autos."

"La Sala advierte ... que el único ... resulta imposible el art. ... del recurso aún tratándose ..."

"RESUELVE: I) Protócolícese, la copia votación Desestimar inconstitucionalidad r%currente la para notifíquese y que antecede, formalmente interpuesto. traslado II) acompañada. oportunamente el re- Devolver lIT) archívense."

Observaciones de la Sala: se reprochó la falta de cumplimiento de requisitos formales previstos en la ley 2275 (certificación de domicilios y presentación oportuna), considerándose insuficientes las constancias aportadas y sosteniéndose que la cuestión de mérito no está comprometida por las causales extraordinarias invocadas.

¿Cómo votaron los jueces?

la resolución final aparece acordada por los ministros que integran la Sala (Dr. José Abel Soria Yega; Dr. Ángel Humberto Medina; Dr. Carlos Eduardo Balaguer/firmantes), sin constar disidencias en el bloque dispositivo final.

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