JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

CANALES, Patricia Mabel c/ DISCO S.A. Apelación de Sentencia - INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN

La actora impugnó por inconstitucionalidad y casación la resolución de la Cámara de Apelaciones del Trabajo que confirmó la negativa a reconocer indemnizaciones por despido indirecto. La Sala Segunda rechazó los recursos por improcedentes, concluyendo que las cuestiones planteadas son de mérito y no revisten arbitrariedad ni vician la sentencia impugnada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
3788
Casacion Inconstitucionalidad Despido indirecto L.c.t. art. 57 Silencio del empleador Revision de merito Arbitrariedad Costas Intimacion Prueba factica

¿Quién es el actor?

Patricia Mabel Canales (la actora).

¿A quién se demanda?

Disco S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la sentencia de la Cámara de Apelaciones del Trabajo que confirmó la improcedencia de indemnizaciones por despido indirecto (se reclama revisión por inconstitucionalidad y casación).

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron los recursos de inconstitucionalidad y de casación interpuestos por la actora; se impusieron las costas a la parte recurrente y se ordenó protocolizar y agregar copia al expediente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (citas textuales tomadas del fallo, lenguaje original):

1) "Rechazar los recursos de inconstitucionalidad y casación interpuestos."

2) "Dice la ley (art. 57 L.C.T.) que, frente a una intimación de su dependiente, el plazo de silencio del empleador para no crear presunción en su contra, debe ser razonable y nunca inferior a dos días hábiles."

3) "El objeto de la ley 2275 es el control de legalidad de las sentencias, (...) escapan a ellos las cuestiones de hecho y prueba, y escapan de que son de exclusiva incumbencia de los tribunales de mérito, por ello, la casación no puede revisar las circunstancias fácticas producidas en la causa, que constituyen una materia que no puede ser revisada a través de este remedio extraordinario."

Razonamiento esencial: el tribunal analiza el tratamiento dado por las instancias de mérito al cómputo del silencio del empleador frente a la intimación (art. 57 L.C.T.), considera razonable la valoración realizada por los jueces de mérito —que valoraron el entrecruzamiento de comunicaciones y tiempos de recepción y respuesta— y señala que las críticas de la recurrente son esencialmente de mérito/fácticas y, por tanto, no son revisables en casación salvo arbitrariedad manifiesta, la cual no se acredita.

¿Cómo votaron los jueces?

el voto principal (Dr. Juan Carlos Caballero Vidal) propuso y fundamentó el rechazo; los Dres. Ángel Humberto Medina Palá y Adolfo Caballero se adhirieron al mismo voto, conformando la mayoría. No se registran disidencias.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.