JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

del Consumidor (en Cont. Adm.) s/ CASACIÓN E INCONSTITUCIONALIDAD 323

Le Pont S.A. impugnó resolución administrativa de la Dirección de Defensa del Consumidor que impuso multa y costas, cuestionando la exigencia de mediación previa y la constitucionalidad de la norma aplicable. La Cámara, desestimando los planteos de inconstitucionalidad y de casación, confirmó la procedencia del trámite administrativo y sostuvo la aplicación restrictiva del régimen legal vigente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6445
Le pont s.a. Direccion de defensa del consumidor Casacion Inconstitucionalidad Mediacion previa Multa administrativa Sancion Costas Procedibilidad Ambito administrativo

¿Quién es el actor?

Le Pont S.A. (recurrente).

¿A quién se demanda?

Dirección de Defensa del Consumidor / Provincia (parte recurrida).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna resolución administrativa que impone sanción (multa y costas) y se plantea inconstitucionalidad de normas que exigen mediación previa y/o regulación del procedimiento; se deducen recursos de inconstitucionalidad y casación contra la resolución.

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron los recursos deducidos; se desestimó la pretensión de inconstitucionalidad y la casación, y se ordenó protocolizar y notificar la resolución. Resultado por mayoría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"RESUELVE: I) ... Desestimar ... inconstitucionalidad ... y casación ... Protocolícese, notifíquese."

"Agrega la magistrada que el una ley especial se rige por la general salvo expresa manifestación o abrogación de esta en cuanto proceda; que la ley impugnada es nula, debe conteni- que ineludibles de las leyes vigentes y de orden público falta de adecuada normativa arbitrariedad la y constitucional garantía iniciado Judicial, que acción términos..."

"La magistrada manifiesta que el procedimiento una no siendo según los que proceden... que la mediación previa resulta aplicable y que la reposición no interrumpe el trámite para la tramitación del recurso."

"La decisión de la jueza a quo de rechazar el recurso de inconstitucionalidad y la casación es correcta, y en aplicación al caso cuadró el recursivo."

"Se entiende asimismo que no puede darse curso a la apelación por no haberse cumplido la mediación previa prevista en la normativa aplicable."

¿Cómo votaron los jueces?

los Dres. Ángel Humberto Medina Palá y Adolfo Caballero Vidal adhieren al voto mayoritario (se consignan sus firmas en el texto).

(Se preservó el texto literal disponible en el legajo; el bloque dispositivo final manda sobre votos individuales.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.