GUERRERO JOSE OSCAR Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamo colectivo por reconocimiento de suplementos y adicionales del Decreto 1.307/12 contra el Estado Nacional (Prefectura Naval Argentina). La Cámara declaró la existencia de cosa juzgada respecto del coactor José Oscar Guerrero y dejó sin efecto, exclusivamente para él, los alcances de las sentencias dictadas en estas actuaciones, ordenando comunicar la decisión al Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 10 y elevar las actuaciones al Máximo Tribunal.
¿Quién es el actor?
José Oscar Guerrero (coactor entre otros).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Prefectura Naval Argentina).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por incorporación al haber mensual de los suplementos y adicionales establecidos en el Decreto 1.307/12 y sus modificatorios (246/13, 854/13, 813/14 y 716/16) y las retroactividades desde el 1º de agosto de 2012.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social - Sala 2 declaró la existencia de cosa juzgada respecto del Sr. José Oscar Guerrero (CUIT 20118782780) y, en consecuencia, dejó sin efecto los alcances de las sentencias dictadas en las presentes actuaciones exclusivamente en relación con dicho coactor; además ordenó comunicar la decisión al Juzgado Federal de la Seguridad Social n° 10 y elevar las actuaciones al Máximo Tribunal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De los hechos relatados precedentemente, se advierte sin hesitación la existencia de cosa juzgada en los presentes actuados respecto de la causa señalada “ut supra” sólo y exclusivamente en relación al coactor José Oscar Guerrero. Abona esta reflexión la circunstancia de que el objeto que persiguiera en la instancia judicial se encuentra satisfecho."
"En virtud de ello se procedió a iniciar la etapa de cumplimiento del decisorio judicial firme el que culminara, en lo que al coactor que aquí interesa, con el pago de la liquidación aprobada, cuyo recibo de haberes puede visualizarse en la presentación que realizara la Caja de Retiros de Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal el 16/07/2025 -ver página n° 3- puesta al pago en el mensual 06/2025 por la suma total de $ 24.202.990,05."
"En tal sentido, cabe recordar que el instituto de la cosa jugada es uno de los pilares sobre los que se asienta nuestro régimen constitucional y, por ello, no es susceptible de alteración ni aún invocando leyes de orden público, toda vez que la estabilidad de la sentencia es también de orden público en la medida que constituye un presupuesto de la seguridad jurídica."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia relevantes en el acuerdo final; la Parte Resolutiva expresa la decisión del Tribunal por mayoría.
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