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Primera Instancia

RODRIGUEZ, LEANDRO EMANUEL s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN)

Solicitud de rehabilitación electoral de Rodríguez Leandro Emanuel por vencimiento del plazo de inhabilitación. El Juzgado Federal de Santa Rosa hizo lugar a la rehabilitación y ordenó su incorporación al subregistro de electores y su exclusión del fichero de inhabilitados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE SANTA ROSA - SECRETARIA ELECTORAL (DISTRITO LA PAMPA)
Fuero
ELECTORAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNE 005903/2022
Rehabilitacion electoral Inhabilitacion Subregistro de electores Codigo electoral nacional Ministerio publico fiscal Juzgado federal Incorporacion al padron Matricula electoral Derechos electorales Exclusion de fichero de inhabilitados

¿Quién es el actor?

RODRIGUEZ LEANDRO EMANUEL (solicitante de rehabilitación electoral).

¿A quién se demanda?

Secretaría Electoral / Estado (proceso de inhabilitación electoral, tramitado ante el Juzgado Federal de Santa Rosa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Rehabilitación para el ejercicio de los derechos electorales y reincorporación al subregistro de electores, tras haberse cumplido el plazo de inhabilitación dispuesto en precedente resolución (art. 5 C.E.N.).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la rehabilitación electoral de RODRIGUEZ LEANDRO EMANUEL (matrícula N° 37.086.998), disponiéndose su incorporación al subregistro de electores del distrito y su exclusión del fichero de ciudadanos inhabilitados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a fs.3 obra la Resolución por la cual este Tribunal, conforme a las constancias obrantes en la causa, dispuso la inhabilitación del ciudadano: RODRIGUEZ LEANDRO EMANUEL, matrícula N° 37.086.998 (art. 4 C.E.N.)."

"Que, habiéndose cumplido el plazo de inhabilitación dispuesto en dicho resolutorio, se pasaron en vista las presentes actuaciones al Ministerio Público Fiscal (art. 5 C.E.N.), expresando el mismo en su dictamen que procede la rehabilitación electoral (fs. 6)."

"Que, en virtud de lo expuesto, las constancias obrantes y lo establecido por el art. 5° del C.E.N., es que corresponde y así;"

(Decisión dispositiva)

"1°) REHABILITAR para el ejercicio de los derechos electorales a RODRIGUEZ LEANDRO EMANUEL, matrícula N° 37.086.998. 2°) INCORPORAR al/la mismo/a al subregistro de Electores del Distrito y excluirlo/a del fichero de ciudadanos inhabilitados. Regístrese, notifíquese, publíquese, cúmplase y oportunamente archívese."

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