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Cámara de Apelaciones

VITERRA ARGENTINA SA (TF 37805386-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Viterra Argentina S.A. impugnó regulación de honorarios en causa por amparo por mora contra la DGA. La Cámara redujo a 2 U.M.A. ($216.010) los honorarios de la Dra. Patricia E. Feliciano y confirmó los emolumentos de la Dra. María del Carmen Fernández, imponiendo que el pago se ajuste al art. 51 de la ley 27.423 y que se agregue IVA según corresponda.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 050547/2026/CA001
Recurso directo Honorarios Amparo por mora Reduccion de emolumentos Confirmacion Ley 27.423 U.m.a. Iva Dga Camara contencioso administrativo federal sala iv

¿Quién es el actor?

Viterra Argentina S.A. (representada por la Dra. Patricia E. Feliciano y con dirección letrada de la Dra. María del Carmen Fernández).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA) — vía Recurso Directo de Organismo Externo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación/regulación de honorarios profesionales devengados en actuación por amparo por mora.

¿Qué se resolvió?

Se redujeron a la cantidad de 2 U.M.A. —equivalentes a ($216.010)— los honorarios de la Dra. Patricia E. Feliciano, y se confirmaron los emolumentos regulados a favor de la Dra. María del Carmen Fernández. Asimismo, se ordenó que las regulaciones se cancelen conforme al artículo 51 de la ley 27.423 y que no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, que deberá adicionarse según la situación tributaria de los profesionales. Regístrese, notifíquese y devuélvase.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate —amparo por mora—; y considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada durante el trámite ante el Tribunal Fiscal, corresponde REDUCIR a la cantidad de 2 U.M.A. —equivalentes a la suma de ($216.010)— los honorarios de la doctora Patricia E. Feliciano, quien actuó como representante de la parte actora, y CONFIRMAR los emolumentos regulados a favor de la Dra. María del Carmen Fernández, quien ejerció la dirección letrada de la mencionada parte (arts. 16, 19, 29, 44 in fine, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; SGA nº 2622/26)."

"Se deja constancia que las regulaciones que anteceden deberán cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que —en su caso— deberá ser adicionado conforme a la situación de los profesionales intervinientes frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 RJN). No se registran disidencias expresas en el texto que integren la mayoría decisoria.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

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