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Tribunal Superior

c/ Gordillo Alexis Adrián s/ robo en grado de tentativa - Art.164 y 42 del C.P. S/ CASACIÓN

El Ministerio Público en autos caratulados c/ Adrián Alexis Gordillo s/ robo en grado de tentativa cuestionó la admisión de la suspensión de juicio a prueba prevista en el CPP. La Sala Segunda rechazó el recurso de casación y, por mayoría, confirmó la solución impugnada adoptada en las actuaciones de la unidad fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
7056
Robo en grado de tentativa Casacion Suspension de juicio a prueba (probation) Ministerio publico fiscal Unidad de flagrancia Confirmacion Procedimiento penal Fundamentacion Sala segunda Admisibilidad

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (intervención y agravios referidos al acuerdo de suspensión de juicio a prueba).

¿A quién se demanda?

Adrián Alexis Gordillo (imputado por robo en grado tentativa, arts. 42 y 164 CP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación en casación contra la resolución/decisión que resolvió sobre la suspensión del juicio a prueba (probation) y/o la solución adoptada en la investigación/Unidad de Flagrancia.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto y se confirmó, por mayoría, la decisión impugnada relativa a las actuaciones en la Unidad de Flagrancia/Investigación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tal ... Los SEÑORES MINISTROS ÁNGEL HUMBERTO MEDINA, GUILLERMO PALÁ y HORACIO DIJERON: adherimos al voto emitido precedentemente;"

"En mérito Tribunal al RESUELVE: ... rechazo el recurso ... Hacer ... rechazo el las ... fallo ..."

Además, en los considerandos la Sala analiza la facultad del juez para acordar la suspensión de juicio a prueba y pondera la fundamentación del Ministerio Público respecto de la oposición a dicho instituto, citando precedentes y doctrina local sobre la aplicación del artículo referido del Código Procesal Penal y la jurisprudencia de la Sala en supuestos similares.

(Se transcriben literalmente los pasajes citados tal como aparecen en el texto del fallo.)

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