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Tribunal Superior

Coop.Eléctrica Agroind. y de Servicios de Caucete Ltda. c/ Gobierno de San Juan y otros - cont.adm y Autos nº66606 y nº69150 S/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN 1

La Cooperativa Eléctrica Agroind. y de Servicios de Caucete Ltda. promovió acciones de cobro, daños y nulidad contra el Gobierno de la Provincia de San Juan por la rescisión del contrato de concesión y supuesta falsedad de instrumentos. La Sala Segunda desestimó el recurso de casación y confirmó la valoración de la instancia precedente por falta de fundamento suficiente para declarar la nulidad y por improcedencia por no agotamiento de la vía administrativa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6943 (fs. 6943.pdf)
Cooperativa Rescision de concesion Accion de nulidad Danos y perjuicios Agotamiento via administrativa Improcedencia Casacion Inconstitucionalidad Acta notarial Jurisdiccion contencioso-administrativa.

¿Quién es el actor?

Cooperativa Eléctrica Agroind. y de Servicios de Caucete Ltda. (y otros).

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Provincia de San Juan (y otros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos; daños y perjuicios; acción autónoma de nulidad de actos administrativos vinculados con la rescisión del contrato de concesión y con supuesta falsedad de un acta notarial.

¿Qué se resolvió?

Desestimar el recurso de casación interpuesto; se rechazan los agravios referentes a la nulidad y a la declaración de inconstitucionalidad; se confirma la solución de las instancias anteriores en cuanto a la improcedencia de las pretensiones por las razones de fondo y de trámite expuestas en la sentencia recurrida. Se ordenan cautelas administrativas de archivo/copia conforme al dispositivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripciones textuales relevantes (lenguaje original del tribunal):

1) "RESUELVE: ... Desestimar ... formalmente casación ... Desestimar ... resultado ... adherimos ... resultado de la desestimación."

2) "La actora planteó acción autónoma de nulidad y en relación considera que la existencia de alteración... la decisión de primera instancia no logra conmover los fundamentos expuestos en la instancia."

3) "Corresponde rechazar los agravios en tanto la recurrente no logró rebatir debidamente los argumentos de la sentencia de grado ni acreditar la procedencia de la acción de nulidad, por aplicación del criterio de agotamiento de la vía administrativa y por falta de fundamentación suficiente."

Citas textuales importantes:

"la acción autónoma de nulidad... fue rechazada"

"improcedencia por no agotamiento de la vía administrativa"

"rigorismo formal excesivo... no alcanza para modificar lo decidido"

¿Cómo votaron los jueces?

no aparece en el bloque dispositivo final ninguna modificación ni voto que impugne la decisión mayoritaria; las referencias a votos particulares en el cuerpo no alteran lo resuelto por el acuerdo que desestima el recurso.

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