JurisprudenciaARG
Primera Instancia

CORSI, BEATRIZ ALICIA c/ ARCA (AGENCIA RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO) EX AFIP s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción declarativa de inconstitucionalidad contra ARCA por descuentos de impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales. El Juzgado declaró inconstitucional el artículo 79 inc. c) de la Ley 20.628, ordenó cesar los descuentos y disponer la devolución de las sumas retenidas por el período no prescripto con más los intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO 2
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 039342/2026
Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Devolucion Prescripcion quinquenal Allanamiento Costas Interes bcra Arca Accion declarativa

¿Quién es el actor?

Sra. Beatriz Alicia Corsi.

¿A quién se demanda?

ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ex AFIP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad del artículo 79 inc. c) (antes art. 82 inc. c) referido por la actora) de la Ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias), con pedido subsidiario de restitución de las sumas retenidas de haberes previsionales por el impuesto y más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se tuvo a la demandada por allanada en forma total y se hizo lugar a la acción declarativa de inconstitucionalidad; se declaró la inconstitucionalidad del artículo 79 inc. c) de la Ley 20.628 (texto según Leyes 27.346 y 27.430, conf. decreto 824/2019), se ordenó a la demandada abstenerse de efectuar descuentos por impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales de la actora y proceder a la devolución de los montos retenidos por dicho concepto por el período no prescripto, con más el interés previsto en el pronunciamiento. Se impusieron las costas por su orden, se diferirá la regulación de honorarios y se librará oficio a la Caja otorgante del beneficio previsional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“En tanto no se advierte comprometido el orden público —habida cuenta de que la materia objeto del litigio no se encuentra sustraída a la disponibilidad de las partes— corresponde tener a la demandada por allanada en forma total y, en consecuencia, dictar sentencia en los términos del art. 307 del C.P.C.C.N.”

“corresponde declarar —para el caso concreto— la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la Ley 20.628 (texto según Leyes 27.346 y 27.430, conf. decreto 824/2019), y en consecuencia, ordenar a la demandada que cese de realizar el descuento correspondiente al impuesto a las ganancias respecto de los haberes de la parte actora; que proceda al reintegro de las sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias en relación con los haberes previsionales, por todo el plazo no prescripto, con más sus intereses.”

“En cuanto al alcance temporal del reintegro, corresponde estarse a lo dispuesto en el art. 56 de la Ley 11.683, que establece: ‘…Prescribirán a los CINCO (5) años las acciones para exigir, el recupero o devolución de impuestos. El término se contará a partir del 1 de enero del año siguiente a la fecha desde la cual sea procedente dicho reintegro’.”

“Las sumas a reintegrar devengarán la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el B.C.R.A. desde la fecha de cada retención y hasta su efectivo pago.”

“El allanamiento fue formulado en forma expresa, total e incondicionada, evidenciando una conducta procesal colaborativa que contribuyó a la pronta solución del litigio… correspóndee apartarse del principio objetivo de la derrota y disponer que las costas se impongan por su orden, eximiéndose a la demandada de su pago (art. 68, segundo párrafo, del C.P.C.C.N.).”

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia; la sentencia es única y fue dictada por la Jueza de 1ra Instancia.

Leyes que cita

  • Ley 20.628Impuestos a las ganancias
  • Ley 11.683Procedimiento fiscal
  • Ley 27.346Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.