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Tribunal Superior

C/ Becerra Adriana Mónica - por homicidio culposo (art.84 del CP.) e.p. de Pereyra Elías Damián S/ CASACIÓN

La defensa de Adriana Mónica Becerra interpuso recurso de casación contra la condena por homicidio culposo (art. 84 CP) por un siniestro vial. La Sala Segunda rechazó la casación y confirmó la resolución condenatoria de primera instancia por entender que la valoración probatoria y el encuadre legal son razonables y ajustados a derecho.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
7316
Homicidio culposo Casacion Prueba testimonial Iura curia novit Valoracion de la prueba Linea amarilla Semaforo Confirmacion de condena Accidente vial Apelacion no aplicable

¿Quién es el actor?

La defensa de Adriana Mónica Becerra, mediante recurso de casación.

¿A quién se demanda?

Sentencia dictada por el Juez del Quinto Juzgado en lo Correccional (estado procesal frente a la condena; intervino además el Ministerio Público Fiscal y la querella que se opusieron).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se pidió casación de la sentencia condenatoria por homicidio culposo (art. 84 CP) y la absolución de la imputada, alegando errores en la valoración de prueba, indebida exclusión de pruebas y violación de principios como legalidad, debido proceso e in dubio pro reo.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y se confirmó la resolución apelada dictada el 13/03 (fojas 256/282). El tribunal consideró razonable la valoración de la prueba realizada por el juez de mérito y ajustado a derecho el encuadre en el tipo penal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tal sentido msta Osvaldo Alfredo Gozaíni , en su zal - Culzoni , ref erirse concreta y separadamente a cada uno de los ele- mentos de convicción suministrados por las partes, bastándole para fundar su decisión que valore los que a su entender , y de acuerdo con las reglas de la sana crítica, revistan relevancia jurídica para servir de base a sus conclusiones . ... al fundamentar su decisión no tiene que hacerse cargo de todos los argumentos de las partes, sino solo de aquellos que estime pertinentes para la solución del caso".

"De la lectura ... surge que el Tribunal de mérito no ha excluido u omitido en forma arbitraria considerar prueba , o cuestión esencial , generadora de motivación ilegítima ; evidenciándose tan sólo una discrepancia de valoración de las constancias probatorias, entre la defensa y la potestad soberana del Tribunal para asignar a cada prueba el valor de convicción que su prudencia le sugiere."

"Llego a la conclusión de que la responsable penalmente de la muerte del ciclista Elías Damián Pereyra fue la Sra. Adriana Mónica Becerra, al haber violado sus deberes de cuidado invadiendo el carril contrario (prohibido), e intentando sobrepasar a velocidad inapropiada a otros automotores; circunstancias en las cuales se produjo la brusca colisión. Por todo ello, y descartando los agravios planteados por la defensa, propicio el rechazo del recurso y la plena confirmación de la sentencia dictada en estas actuaciones."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto del Dr. Guillermo Horacio De Sanctis expuso el razonamiento central; los Dres. Adriana Verónica García Nieto y Ángel Humberto Medina Palá adhirieron al voto preexistente. El bloque dispositivo final dispone el rechazo del recurso y la confirmación de la resolución de mérito.

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