SACIDO CLAUDIA NOEMI C/ MUÑOZ HECTOR JOSE Y OTRO/A S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y las partes celebraron un acuerdo transaccional para poner fin al pleito. El Tribunal homologó el acuerdo (art. 15 L.C.T.), ordenó depósitos, reguló honorarios por $1.700.000 y $340.000 y suscribió la imposición de costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
SACIDO CLAUDIA NOEMI.
¿A quién se demanda?
MUÑOZ HECTOR JOSE; QUESOS Y FIAMBRES LA ESTRELLA SRL; asimismo codemandadas VECINO CARMEN SUSANA y GARCIA MARIA ALEJANDRA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido (acción de despido; objeto del reclamo llevado a acuerdo transaccional en audiencia de fecha 20/10/2026).
¿Qué se resolvió?
Homologar el acuerdo celebrado (art.15 L.C.T.), intimar a la demandada al pago de tasa de justicia de $187.000 más 5% de contribución, ordenar depósitos conforme al acuerdo, imponer costas a la demandada y regular honorarios de los profesionales y perito por los montos consignados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes (lenguaje original del Tribunal):
"En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la Ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.-
Téngase por presentados a los Sres. MUÑOZ HECTOR JOSE y QUESOS Y FIAMBRES LA ESTRELLA SRL, por cesada la rebeldía de los mismos y atento lo manifestado, téngase por ratificado el acuerdo de fecha 20/10/2026, requisito que considero esencial.-
Asimismo destaco que en fecha 28/10/2026 los codemandados VECINO CARMEN SUSANA y GARCIA MARIA ALEJANDRA ratifican el acuerdo de fecha 20/10/2026, requisito que considero esencial.-
Téngase presente lo manifestado por el perito contador respecto de su condición tributaria.-
Sin perjuicio de las condiciones plasmadas en el acuerdo celebrado, la demandada abonará en concepto de cláusula penal, el 0,30 % del capital adeudado por cada día de retardo en la acreditación de los respectivos depósitos."
Bloque resolutorio (dispositivo):
"1) Homologar el acuerdo celebrado (art.15 L.C.T.) por lo que fuera objeto del reclamo articulado mediante la presente acción judicial.-
2) Intimar a la parte DEMANDADA para que dentro del plazo de 5 días y/o con la primer cuota del capital acordado, abone la respectiva tasa de justicia que asciende a la suma de $ 187.000.- más el 5% en concepto de contribución sobre la misma, bajo apercibimiento de pasar los antecedentes a la Oficina de Ejecución de Honorarios de Peritos...; y a ARBA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires). Notifíquese al domicilio real y constituído.-
4) Imponer las costas (art. 19 Ley 15.057) a la DEMANDADA.-
5) Regular los honorarios (arts.14, 16, 21, 22, 26, 28 ley 14967) de los Dres. FASANO FABIAN ALBERTO y CIVEIRA HORACIO DIEGO, en la suma de pesos UN MILLON SETECIENTOS MIL ($1.700.000.-), respectivamente, con más el 10% Ley 8455 e IVA si correspondiera.-
6) Regular los honorarios del perito CONTADOR RUMBO RAUL MANUEL, en la suma de pesos TRESCIENTOS CUARENTA MIL ($340.000.-), con más aportes de Ley e IVA si correspondiera."
Votación y regla de mayoría: Los tres Dres. (Osso, Moran e Ibarra) votaron en el mismo sentido; el dispositivo refleja la decisión de la mayoría.
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 19
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 14, 16, 21, 22, 26, 28, 54
- Ley 8.455 (Provincia De Buenos Aires)
- Código Fiscal (Provincia De Buenos Aires)art. 277
- Resolución 100/96 (S.C.J.B.A.) (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 27.802art. 277 · Ley de modernizacion laboral
- Ley 26.590art. 1 · Contrato de trabajo
- CCyCNarts. 768, 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 20.744
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