GADEA SILVANA GIMENA C/ SANCHEZ SEBASTIAN S/DESPIDO
Demanda por despido cuyo trámite quedó paralizado; el Tribunal decreta la caducidad de la instancia por inactividad de la actora y le impone las costas. Asimismo se regulan honorarios de la profesional de la actora por 7 Jus e intimación para cumplimiento del art. 21 ley 6716.
¿Quién es el actor?
GADEA SILVANA GIMENA.
¿A quién se demanda?
SANCHEZ SEBASTIAN.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción por despido.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo N°3 decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la actora, impuso las costas a la actora y reguló los honorarios de su profesional en 7 Jus, intimándola al cumplimiento del art. 21 de la ley 6716.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien es cierto que en los juicios laborales, dadas sus características especiales, la caducidad de instancia debe ser aplicada con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere al Tribunal para instar la actividad procesal de las partes, cumpliendo con el deber impuesto por el artículo 11 de la ley 15.057, la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fin de activar el procedimiento, circunstancia esta última que aquí se ha dado.-"
"De lo expuesto se desprende que la conducta de la parte actora con posterioridad a lo resuelto el 12/06/2026 obstaculiza la normal tramitación del juicio dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley 15.057.-"
"Consecuentemente voto por declarar la caducidad de instancia en autos.-"
Texto del dispositivo final, que expresa la decisión de la mayoría:
"el TRIBUNAL RESUELVE:
1º) - Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones.
2º) - Imponer las costas a la actora.
3º) - Regular los honorarios de los profesionales intervinientes por la Actora de MARIA LAURA ACOSTA en 7 Jus (arts 21, 22 y 24 Ley 14.967/17) con más los porcentajes de leye intímase a la misma a fin de que de cumplimiento a lo dispuesto en el art. 21 de la ley 6716.-
4º) - REGISTRAR Y NOTIFICAR.-"
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Coello Grassi, Borlenghi y Canabal votaron en el mismo sentido; el acuerdo fue unánime.
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 11, 24
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 21, 22, 24
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)art. 21
- Acordada 3975 (Provincia De Buenos Aires)art. 5
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