MEDINA MARIELA VIRGINIAC/ HIDRO TEMPER SRL S/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido contra HIDRO TEMPER SRL. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad de la actora, impuso las costas a la misma y reguló honorarios a favor de su letrada en 7 Jus, intimándola al cumplimiento del art. 21 ley 6716.
¿Quién es el actor?
MEDINA MARIELA VIRGINIA.
¿A quién se demanda?
HIDRO TEMPER SRL.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
causa por despido (expte. SI-6255-2012).
¿Qué se resolvió?
Decretar la caducidad de la instancia por inactividad de la actora; imponer las costas a la actora; regular honorarios de la profesional interviniente por la actora, LILIANA ISABEL MAGNISI, en 7 Jus con los porcentajes de ley e intimación para cumplimiento del art. 21 de la ley 6716; registrar y notificar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien es cierto que en los juicios laborales, dadas sus características especiales, la caducidad de instancia debe ser aplicada con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere al Tribunal para instar la actividad procesal de las partes, cumpliendo con el deber impuesto por el artículo 11 de la ley 15.057, la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fin de activar el procedimiento, circunstancia esta última que aquí se ha dado."
"De lo expuesto se desprende que la conducta de la parte actora con posterioridad a lo resuelto el .6/10/2026 obstaculiza la normal tramitación del juicio dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley 15.057."
"Consecuentemente voto por declarar la caducidad de instancia en autos."
Bloque dispositivo final (lo resuelto por el Tribunal): "1º) - Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones. 2º) - Imponer las costas a la actora. 3º) - Regular los honorarios de la profesional interviniente por la Actora de LILIANA ISABEL MAGNISI en 7 Jus (arts 21, 22 y 24 Ley 14.967/17) con más los porcentajes de ley e intímase a la misma a fín de que de cumplimiento a lo dispuesto en el art. 21 de la ley 6716.- 4º) - REGISTRAR Y NOTIFICAR."
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 11, 24
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 21, 22, 24
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)art. 21
- Acordada 3975 (Provincia De Buenos Aires)art. 5
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