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Primera Instancia

VILLALVA MARIANA PATRICIA C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997

La actora interpuso recurso contra decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional solicitando revisión. El Tribunal decretó la caducidad de instancia por inactividad procesal de la actora, impuso las costas a ésta y reguló honorarios a su letrada en 7 Jus ($372.624).

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN ISIDRO
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-40709-2019
Recurso contra comision medica Caducidad de instancia Ley 15.057 Costas Honorarios 7 jus ($372.624) Intimacion Inactividad procesal Tribunal del trabajo n?3 Art. 21 ley 6716

¿Quién es el actor?

VILLALVA MARIANA PATRICIA.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso contra decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional, exped. SI-40709-2019 (Ley 14997).

¿Qué se resolvió?

El Tribunal decretó la caducidad de instancia por inactividad de la actora, impuso las costas a la actora y reguló honorarios para la profesional de la actora, ordenando intimación para cumplimiento de obligaciones legales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien es cierto que en los juicios laborales, dadas sus características especiales, la caducidad de instancia debe ser aplicada con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere al Tribunal para instar la actividad procesal de las partes, cumpliendo con el deber impuesto por el artículo 11 de la ley 15.057, la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fin de activar el procedimiento, circunstancia esta última que aquí se ha dado.-

De lo expuesto se desprende que la conducta de la parte actora con posterioridad a lo resuelto el 09/09/2026, obstaculiza la normal tramitación del juicio dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley 15.057.-

Consecuentemente voto por declarar la caducidad de instancia en autos.-

Las costas de la incidencia deberán ser soportadas por la parte actora ( art. 24 ley 15.057 )"

Bloque dispositivo final (resolución del Tribunal):

"el TRIBUNAL RESUELVE:

1º) - Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones.

2º) - Imponer las costas a la actora.

3º) - Regular los honorarios de la profesional interviniente por la Actora de MARIA DE LAS MERCEDES ALVAREZ en 7Jus (equivalente a a la suma de $ 372.624) (arts 21, 22 y 24 Ley 14.967/17) con más los porcentajes de ley e intímase a la misma a fin de que de cumplimiento a lo dispuesto en el art. 21 de la ley 6716.-

Asimismo deberá adicionarse al monto regulado el 21 % a aquellos profesionales tanto letrados como peritos que sean responsables inscriptos.-

4º-) REGISTRAR Y NOTIFICAR.-"

(Votos minoritarios: No hubo disidencia; los Dres. Borlenghi y Canabal votaron en el mismo sentido que el Dr. Coello Grassi.)

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