SILVA ANA CARLA C/ SWISS MEDICAL ART SAU S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La actora solicitó la fijación de honorarios extrajudiciales por su actuación ante la Comisión Médica en trámite previsto por la Ley de Riesgos del Trabajo. El Tribunal hizo lugar al reclamo y condenó a SWISS MEDICAL ART SAU a abonar 5,04 Jus ($270.000) por la labor administrativa, además de regular honorarios en los presentes actuados (7,04 Jus cada uno) e imponer costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Dra. SILVA ANA CARLA.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART SAU.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación y pago de honorarios profesionales extrajudiciales por la actuación administrativa de la actora ante la Comisión Médica (Expte. SRT 428817/25) en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al reclamo. Se condenó a SWISS MEDICAL ART SAU a pagar a la actora la suma de 5,04 Jus (equivalente a $270.000) por honorarios correspondientes a la actuación administrativa en el Expte. SRT 428817/25, con más los aportes legales y IVA si correspondiera; se impusieron las costas a la demandada; y se regularon además honorarios por la labor realizada en estos actuados (7,04 Jus, $375.000) para la actora y para el letrado de la demandada, ambos con aportes legales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La actuación de las comisiones médicas jurisdiccionales creadas por el artículo 51 de la ley 24.241 y sus modificatorias, constituirá la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo (...) Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demás gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participación ante las comisiones médicas estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.)"
"Tras la adhesión de la Provincia de Buenos Aires al Título I de la Ley 27.348 a través de la Ley 14.997 ... es claro que el reclamo de la reparación de las incapacidades derivadas de un accidente laboral o de una enfermedad profesional, requiere ineludible y obligatoriamente el paso del trabajador por el trámite administrativo por ante las Comisiones Médicas y ello con asesoramiento letrado. Y por esta labor profesional el abogado tiene derecho a obtener su retribución encontrándose ésta a cargo de la ART por disposición legal."
"Concluida la deliberación... 1º) Hacer lugar al reclamo impetrado y condenar a la demandada SWISS MEDICAL ART SAU a pagarle a la parte actora Dra. SILVA ANA CARLA ... la cantidad de 5.04 Jus (equivalente a la suma de $ 270.000) arancelarios en concepto de honorarios por la labor extrajudicial por su actuación administrativa en el Expte. n° SRT : 428817/25, con más los aportes de ley e IVA en caso de corresponder. 2°) Imponer las costas a la parte demandada. 3°) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes por la labor realizada en estos actuados por la actora Dra. SILVA ANA CARLA en 7.04 Jus (equivalente a la suma de $ 375.000) y por la parte demandada Dr. PADILLA PABLO MANUEL en 7.04 Jus (equivalente a la suma de $ 375.000), ambos con más los aportes legales."
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Normas que cita
- Ley 27.348art. 1 · Riesgos del trabajo
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 24.241art. 51 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 14.997 (Provincia De Buenos Aires)
- Resolución 298/17 (Superintendencia de Riesgos del Trabajo)art. 37
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 2, 9, 15, 28, 54, 57
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 31
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Decreto 659/96
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 163
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